
El expresidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, solicitó que se declare la inconstitucionalidad del Decreto Legislativo 062 de 2025, el cual establece el estado de conmoción interior en El Catatumbo, una región del país que ha enfrentado una creciente crisis humanitaria.
Según el exmagistrado, el Gobierno no ha proporcionado una justificación suficiente ni las pruebas necesarias que demuestren la excepcionalidad de la situación que justificaría la declaratoria del estado de excepción en esa zona del país.
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Falta de justificación constitucional y de políticas públicas efectivas
En su intervención presentada ante la Corte Constitucional, Linares destaca que la Constitución establece que la figura del estado de conmoción interior solo puede ser utilizada cuando se presenta una perturbación del orden público de tal magnitud que atente de forma inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser controlada mediante las herramientas ordinarias de las autoridades.
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Sin embargo, en el caso del Catatumbo, el exmagistrado aseguró que, a pesar de la crisis que se ha vivido en la región, el Gobierno no ha aportado evidencia concreta que justifique el recurso a un estado de excepción.

Linares subrayó que la situación en El Catatumbo es una crisis prolongada, resultado de problemas estructurales y crónicos, como la presencia de grupos armados ilegales, cultivos ilícitos y el desplazamiento forzado. Estos no son fenómenos nuevos ni excepcionales, sino problemas históricos que requieren una solución estructural, más que medidas extraordinarias como un estado de conmoción interior.
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El expresidente del alto tribunal también cuestionó la respuesta del Gobierno a largo plazo, afirmando que el estado de excepción no puede ser utilizado como un mecanismo para remediar la propia negligencia del Estado en el manejo de la Fuerza Pública y en la implementación de políticas de paz. Según el exmagistrado, el Gobierno ha sido pasivo frente a la grave situación, no logrando implementar de manera efectiva los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), los cuales debían haber abordado las necesidades estructurales de las regiones más afectadas por la violencia y el narcotráfico.
“El Gobierno ha permitido que la situación de orden público en la región se deteriore, al no garantizar una erradicación efectiva de cultivos ilícitos ni fortalecer los mecanismos de seguridad en los territorios más afectados por la violencia”, puntualizó Linares.
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Incumplimiento del acuerdo de paz

Otro de los elementos que Linares señala como fundamental es el incumplimiento del Acuerdo de Paz de 2016, que comprometía al Gobierno a desactivar las economías ilegales, fortalecer el aparato de seguridad en las regiones afectadas y mejorar la situación de las comunidades rurales. A pesar de los avances en la desmovilización de algunos grupos armados, el exmagistrado recuerda que, desde la firma del acuerdo, más de 400 excombatientes de las Farc han sido asesinados y la implementación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos Ilícitos (PNIS) ha sido insuficiente.
Linares aseguró que el Gobierno, en su decreto, reconoce que la expansión de los cultivos ilícitos ha sido constante y que las disputas entre los grupos armados han crecido, lo que evidencia que las políticas ordinarias no han funcionado, pero no justifica la declaración del estado de excepción. Además. el exmagistrado destacó que el Gobierno no ha explicado en su decreto las medidas ordinarias adoptadas para combatir la violencia, ni ha demostrado que estas sean insuficientes.
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Linares recordó que la Corte Constitucional ha declarado inconstitucionales varios estados de conmoción interior en el pasado. Desde 1991, se han declarado siete estados de conmoción interior en Colombia, de los cuales tres fueron tumbados por la Corte, lo que muestra que los estados de excepción deben ser utilizados con mucha cautela y solo en circunstancias excepcionales.
El exmagistrado concluyó que la crisis en El Catatumbo, aunque grave, no es un hecho extraordinario que justifique el uso de medidas excepcionales. En lugar de recurrir a un estado de conmoción interior, sugiere que el Gobierno debe tomar medidas ordinarias efectivas que aborden las causas subyacentes de la violencia y el narcotráfico, y que no sigan dejando a la población en una situación de vulnerabilidad.
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