
La reciente aprobación del proyecto de ley de divorcio express en Colombia ha generado un cambio significativo en el proceso de separación matrimonial. Ahora, los colombianos pueden divorciarse sin necesidad del consentimiento de la otra parte, una modificación que elimina la obligatoriedad de presentar causales de culpabilidad como infidelidad o incumplimiento de deberes conyugales.
Esta nueva legislación introduce la causal número 10 en el artículo 154 del Código Civil, que permite el divorcio por la “sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”.
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Según datos de la Superintendencia de Notariado y Registro, durante 2023 aproximadamente 1.990 parejas al mes solicitaron la disolución de su matrimonio, lo que equivale a entre dos y cuatro divorcios por hora.
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El proceso de divorcio en Colombia puede iniciarse por diversas causas, como la infidelidad, el mutuo acuerdo, el incumplimiento grave de deberes, y la violencia intrafamiliar, entre otras.
Estas causales están estipuladas en el artículo 154 del Código Civil, y deben ser probadas para que el divorcio sea concedido. Además, el artículo 13 de la Constitución garantiza que todas las personas, independientemente de su género, tienen los mismos derechos y oportunidades en estos procesos.

Cualquiera de las partes puede solicitar la disolución del vínculo matrimonial ante un juez de familia si no existe un acuerdo previo. En caso de mutuo acuerdo, el divorcio puede tramitarse de manera más expedita a través de una notaría, conocido como “divorcio exprés”, según lo estipula el artículo 34 de la Ley 962 de 2005.
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En cuanto a las implicaciones del divorcio, hay varios aspectos clave a considerar. La custodia de los hijos, regulada por la Ley 1098 de 2006 del Código de Infancia y Adolescencia, puede ser total o compartida, dependiendo del bienestar de los menores. La división de bienes, por su parte, se realiza equitativamente entre ambas partes, considerando todos los bienes adquiridos durante el matrimonio como ‘bienes comunes’.
La congresista Katherine Miranda, explicó que en el caso de que una de las partes no acepte las condiciones propuestas inicialmente, “pasarían ante un juez que determinará lo correcto para cada uno de ellos... no hay modificación en la protección a la niñez, en la separación de bienes y en los alimentos ni en el cuidado al cónyuge”, en diálogos con la Fm.
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Otro aspecto relevante es la pensión alimentaria, que debe ser proporcionada por el progenitor que no tiene la custodia, para asegurar la subsistencia de los hijos.
Esta pensión incluye no solo el sustento material, sino también la educación y asistencia médica de los menores. Además, las mujeres pueden solicitar una pensión alimentaria en caso de necesidad y si no son culpables de la causal del divorcio, según el artículo 411 del Código Civil.

El proceso de divorcio en Colombia puede llevarse a cabo de dos maneras: mediante un proceso judicial o a través de una notaría. El proceso judicial es más complejo y puede ser necesario cuando no hay acuerdo entre las partes o cuando se requiere probar alguna de las causales de divorcio. Por otro lado, el divorcio notarial es más rápido y sencillo, siempre que ambas partes estén de acuerdo.
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Según el colectivo Brunal Abogados, explica que en un divorcio, la formalización de la cesación de los efectos civiles del matrimonio se lleva a cabo mediante escritura pública ante una notaría, una vez que se han cumplido todos los requisitos legales. Este procedimiento requiere la participación de un abogado titulado, quien debe ser autorizado para actuar en representación de las partes involucradas mediante un poder notarial.
El primer paso en este proceso es la redacción del acuerdo de divorcio y la solicitud de disolución conyugal, documentos que serán presentados ante la notaría seleccionada. Es esencial que estos documentos cumplan con todos los requisitos legales establecidos para el divorcio por mutuo acuerdo, lo cual será verificado por la notaría antes de proceder con la formalización.
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Una vez que la notaría válida que se han cumplido todos los requisitos, se procede a la formalización del divorcio mediante escritura pública. Este acto legal marca la cesación de los efectos civiles del matrimonio, permitiendo a las partes continuar con sus vidas de manera independiente.
Finalmente, es necesario notificar a la notaría donde se registró el matrimonio, así como a las notarías donde se encuentran registrados los registros civiles de nacimiento de cada uno de los ex cónyuges, para que se realicen las modificaciones correspondientes en los registros oficiales. Este paso asegura que todos los documentos legales reflejen el nuevo estado civil de las partes involucradas.
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