
Por cuenta de las últimas declaraciones ofrecidas por la ministra de Justicia, Angela María Buitrago, apuntan a que el Gobierno nacional daría vía libre a la eliminación del artículo del proyecto de ley No. 281 de 2024, que pretende conceder una serie de beneficios a quienes cometieron y admitieron delitos de homicidio y lesiones a niños y adolescentes.
El proyecto legislativo, que sigue en debates en el Congreso de la República, se ha convertido en el centro de discusión, luego de que se conocieron en el territorio nacional las cruentas muertes de la pequeña Sofía Delgado, en el Valle del Cauca; de Alexis Delgado, en Cundinamarca, y los asesinatos de Santiago y Susan Beltrán, dos menores de 4 y 7 años de edad, que al parecer fueron asesinados por su padre.
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Aunque la ministra en repetidas ocasiones ha enfatizado —contraria al clamor popular de tumbar las legislaciones concernientes a los beneficios y reducciones de penas— que estas medidas no son un beneficio para los acusados, sino una manera de garantizar que no exista impunidad, en una rueda de prensa que dio en la mañana del 31 de octubre de 2024 dijo que la discusión “no tendría inconveniente”.

“Dentro de ese contexto es importante entender que hay gente que a raíz de muchas cosas piensa, equivocadamente, que se está favoreciendo la situación (los crímenes contra menores), cuando lo que se quiere es imponer una pena; pero no tendría ningún inconveniente”, afirmó.
El proyecto de ley 281, a través del artículo 7, lo que busca es modificar “las leyes 599 de 2000, 906 de 2004, 1098 de 2006, 1121 de 2006 y 1453 de 2011, en relación con la figura de la reparación integral, la concesión de beneficios por allanamientos y preacuerdos, y la aplicación del principio de oportunidad, entre otras reformas orientadas a garantizar una administración de justicia penal pronta y eficaz”, según publicó Congreso Visible.
Ese artículo que sería eliminado indica que en casos de delitos como “el homicidio, o lesiones personales bajo modalidad dolosa, delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, o secuestros cometidos contra niñas, niños y adolescentes, se aplicarán las siguientes reglas (...)”.

Esas reglas, conocidas como beneficios, serían, como se lee en el artículo: “en caso de celebración de preacuerdos y negociaciones entre la Fiscalía y el imputado/acusado, o de allanamiento a cargos, se concederá la mitad de la rebaja de pena prevista en los artículo 351, 352, 355 y 367 del Código de Procedimiento Penal”.
Por su parte, El Tiempo dio a conocer por testimonio de fuentes cercanas a la propuesta que los proponentes, que son el Ministerio de Justicia, la Fiscalía General de la Nación y la Corte Suprema de Justicia, habrían desistido de incluir el artículo, en aras de que “la reforma logre más consenso y se convierta en ley”, como publicó el medio nacional.

De hecho, el 29 de octubre se se reveló que 120 congresistas con sus firmas impulsaron un proposición para pedir la eliminación del artículo como parte de la reforma a la Justicia, además de advertir que si continuaba el artículo, la iniciativa no pasaría el primer debate en la rama legislativa.
Sin embargo, en la misma línea de la ministra de Justicia, Gerson Chaverra, presidente de la Corte Suprema de Justicia, decidió pronunciarse sobre la petición de tumbar el artículo, para defender la reducción de penas como una aparente garantía de la eficacia del sistema penal.
“Lo que disuade al delincuente no son las penas de 50, de 40, de 30 años abstractas. Lo que a él lo anima en la ejecución delictual es saber que esa pena por alta que sea no se le va a aplicar. En cambio, si nosotros a través de una proceso penal abreviado logramos la aplicación efectiva de una pena codigna a la gravedad del delito, seguro que el efecto va a ser más positivo para la comunidad, para la sociedad y para la víctima”, dijo.
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