
La Corte Suprema de Justicia de Colombia determinó que un juez de Bogotá debe resolver la solicitud de prisión domiciliaria presentada por Emilio Tapia, contratista implicado en el escándalo de Centros Poblados. Cabe recordar que, este caso ha captado la atención pública debido a las irregularidades en la instalación de puntos de internet en zonas rurales del país, lo que resultó en una orden de la Contraloría para que la Unión Temporal Centros Poblados y sus asociados devuelvan más de $87.000 millones al Estado.
La magistrada Myriam Ávila Roldán fue la encargada de definir la competencia judicial para atender la petición de Tapia, que enfrenta cargos de peculado por apropiación agravado, fraude procesal y falsedad en documento privado. De acuerdo con la Corte, la solicitud de Tapia fue interpuesta en la ciudad de Barranquilla, en el departamento de Atlántico, donde actualmente se encuentra detenido en el centro penitenciario de mediana seguridad, El Bosque.
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No obstante, la Corte determinó que la competencia para resolver su situación corresponde a los Juzgados Penales Municipales con funciones de control de garantías de Bogotá. “La competencia para conocer la solicitud de sustitución de medida de aseguramiento y/o revocatoria de la medida intramural, formulada por Emilio José Tapia Aldana corresponde a los Juzgados Penales Municipales con funciones de control de garantías de Bogotá -reparto-, a donde será remitida la actuación”, indicó la magistrada

Es preciso mencionar que la decisión de la Corte se fundamenta en que el entonces contratista Emilio Tapia renunció a estar presente en la audiencia de sustitución de medida de aseguramiento, eliminando así la circunstancia excepcional que permitiría a un juez de Barranquilla conocer el caso. Por lo tanto, la actuación será remitida al reparto de los juzgados competentes en la capital del país.
“La defensa en la audiencia de sustitución de medida de aseguramiento y/o revocatoria de la medida intramural, aseguró que el procesado renunció a estar presente en la diligencia, desapareciendo de esta forma la circunstancia excepcional que habilita la competencia de un funcionario judicial del Distrito de Barranquilla”, aseveró la Corte.
Igualmente, este fallo coincide con la sanción impuesta por la Contraloría General de la República a los involucrados en el contrato fallido de instalación de 7.277 centros digitales en áreas remotas del país. La entidad fiscalizadora encontró responsabilidad fiscal en los miembros de la Unión Temporal Centros Poblados 2020, su representante legal, así como la firma interventora y los proveedores de equipos de internet, debido a las irregularidades en la ejecución del contrato.

La Corte Suprema ordenó “por lo anterior, tal y como se ha hecho en casos similares (CSJ AP3272-2023, 1 nov. 2023, Rad. 64744; AP292-2021, 3 feb. 2021, Rad. 58816; AP2023-2021, 26 may. 2021, Rad. 59607) se enviará la actuación al reparto de los Juzgados Penales Municipales con funciones de control de garantías de Bogotá, para los fines pertinentes”.
Es de recordar que Tapia propuso devolver $5.063 millones de pesos a la Fiscalía General de la Nación como parte de un preacuerdo que podría reducir su condena. Desde octubre de 2021, Tapia ha estado en prisión y ahora busca una nueva oportunidad ante la justicia. La devolución del dinero que, según el ente acusador, se apropió de manera indebida, es vista como un intento de reducir su pena.
El caso de Centros Poblados es un ejemplo de corrupción en la gestión de recursos públicos destinados a mejorar la conectividad en las escuelas rurales de Colombia. La devolución del adelanto millonario otorgado por la licitación es una medida para resarcir al Estado por el incumplimiento contractual.
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