
El mandatario colombiano, Gustavo Petro, mostró su desacuerdo con el anuncio del máximo órgano electoral del país, el Consejo Nacional Electoral (CNE), de imputar cargos en su contra y contra Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol y exjefe de su campaña presidencial de 2022.
La decisión se basa en presuntas irregularidades relacionadas con el incumplimiento de los límites de financiación establecidos durante la contienda electoral. Los magistrados Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz fueron los ponentes de la determinación avalada por el CNE.
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Además de la reacción del presidente de la República, diferentes personalidades políticas opinaron al respecto, y ese fue el caso del senador Humberto de la Calle, que en su cuenta de X dijo que si bien estaba de acuerdo con que el CNE no tenía el poder para sacarlo de su cargo, no está de acuerdo con se trate de un “golpe blando”.
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El mandatario colombiano, Gustavo Petro, respondió al anuncio del máximo órgano electoral del país, el Consejo Nacional Electoral (CNE), de imputar cargos en su contra y contra Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol y exjefe de su campaña presidencial de 2022.
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La decisión se basa en presuntas irregularidades relacionadas con el incumplimiento de los límites de financiación establecidos durante la contienda electoral. Los magistrados Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz fueron los ponentes de la determinación avalada por el CNE. “Ha comenzado el golpe de Estado”, dijo.

Es por ese motivo que el senador Humberto de la Calle reconoce que, en efecto, el Presidente Petro tiene razón al afirmar que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no puede destituirlo de su cargo directamente. Esto se debe a que opera el fuero constitucional especial para el jefe de Estado, lo cual implica que cualquier proceso en su contra debe seguir un trámite ante el Congreso y, eventualmente, ante la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, de la Calle aclara que esta situación no constituye un “golpe blando”, pues es común que los mandatarios enfrenten investigaciones durante su gestión, sin que previamente hayan surgido quejas sobre una posible destitución irregular.
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“Creo que Petro tiene razón en que el CNE no puede privarlo de su cargo. Opera el fuero como norma especial lo cual implica pasar por el Congreso y, eventualmente, por la Corte. Pero no es un golpe blando. Muchos presidentes han sido investigados sin que hubiera aflorado esa queja”, escribió De la Calle en su cuenta de X.

Según el senador, de no investigar al Presidente, se incurriría en un contrasentido legal al sancionar solo a candidatos perdedores. Aunque la ley establece solidaridad entre campaña y candidato, con pérdida de investidura por violar topes, pero a pesar de esto, según de la Calle hay gente que se sorprenda al respecto.
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“Si no fuese así, estaríamos en el contrasentido de que las investigaciones serían solo para las campañas perdedoras. Muchas veces hacemos leyes sin meditar las consecuencias. Se estableció solidaridad entre la campaña y el candidato. Y se dijo que violar los topes daban lugar a perder la investidura. Ahora nos topamos con esta situación y algunos se sorprenden”, aseveró el congresista perteneciente al partido Verde Oxigeno.
En cuanto a la determinación del CNE, en esta se precisa que: “La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral decidió por mayoría abrir investigación y formular cargos a la campaña presidencial de primera y segunda vuelta de la coalición representada por los ciudadanos Gustavo Francisco Petro Urrego, candidato; Ricardo Roa Barragán, gerente de campaña; Lucy Aydeeé Mogollón Alfonso, tesorera, María Lucy Soto Caro y Juan Carlos Lemus Gómez, auditores; al movimiento político Colombia Humana y al partido político Unión Patriótica UP; por la presunta vulneración al régimen de financiación de las campañas electorales”.
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De acuerdo con la decisión, Petro, Roa y su equipo habrían superado el límite de gastos en la campaña de la primera vuelta en 3.709.361.342, basándose en el artículo 109 de la Constitución y el artículo 24 de la Ley 1475 de 2011, así como los artículos 12 y 19 de la Ley 996 de 2005. Además, en la segunda vuelta se detectaron excesos de 1.646.386.777, sumando un total de 5.355.748.119.

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