
El exsuperintendente de Industria y Comercio Andrés Barreto, director general de De la Espriella Lawyers, presentó, el 5 de septiembre de 2024, una demanda de nulidad en el Consejo de Estado contra el Decreto 1047 del 14 de agosto de 2024, que establece una prohibición para la exportación de carbón a Israel. En la acción judicial se advierte que dicha medida es “manifiestamente ilegal” y podría acarrear “graves perjuicios para un sector de la economía”.
Con esto se busca obtener una medida cautelar para suspender la medida tomada por el presidente Gustavo Petro, que justificó la decisión hasta que el Estado israelí cancele las operaciones militares que inició contra Palestina, luego del ataque terrorista del 7 de octubre de 2023.
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El Consejo de Estado aún no ha admitido la demanda, ya que la alta corte sostiene que la Sección Cuarta no es la competente para evaluar el asunto, sino la Sección Primera. Según el documento, el decreto fue expedido por el presidente de la República como la más alta autoridad administrativa, coordinado con diferentes ministerios.

“En el caso concreto se discute la legalidad de un acto expedido por el presidente de la República, quien actúa como suprema autoridad administrativa, de conformidad con el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, en conjunto con distintos ministerios, el cual fija una prohibición en materia de exportaciones de carbón a Israel”, resalta el Consejo de Estado.
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Urge evitar impacto negativo
Además, por medio de un comunicado, el bufete de abogados expuso que “la demanda presentada por Barreto tiene como objetivo básico proteger los intereses económicos del país y mantener el flujo normal de exportaciones que es vital para el desarrollo de varias regiones productoras de carbón”. De acuerdo con la demanda, la suspensión del decreto es urgente para evitar un impacto negativo en las áreas económicas afectadas y proteger los empleos en el sector.
El exsuperintendente Barreto enfatizó que la medida de prohibición establecida en el decreto carece de fundamentos legales sólidos. “El acto expedido por el gobierno es arbitrario y sus consecuencias pueden ser sumamente dañinas para la economía nacional, especialmente en un momento crítico donde se requiere impulsar las exportaciones”, puntualizó el abogado.
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El análisis del Consejo de Estado se centrará ahora en la competencia de la Sección Primera para admitir o no la demanda. “El procedimiento para determinar la legalidad del Decreto 1047 se encuentra en una fase preliminar donde se debe aclarar la jurisdicción adecuada para su evaluación” , detalla el documento enviado a la alta corte.
Medida cautelar
Manifestó Bareto que es importante resaltar la solicitud de suspensión del decreto como medida cautelar, con lo cual “se pretende detener los efectos negativos inminentes sobre el sector carbonífero mientras se evalúa la legalidad del acto administrativo en cuestión”.

Para el bufete De la Espriella Abogados, esta es una lucha que trasciende lo económico y se convierte en una cuestión de justicia y derecho. “No solo está en juego la estabilidad de una industria, sino el respeto al marco legal que regula las acciones del gobierno en materia de política exterior y economía”, concluyó el documento presentado al Consejo de Estado.
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Riesgo inconstitucional
Con la expedición del Decreto 1047 del 14 de agosto de 2024, la Asociación Colombiana de Minería (ACM), que preside Juan Camilo Nariño, manifestó su profunda preocupación.
De acuerdo con el gremio, la decisión materializa los riesgos que la ACM advirtió al país, al ser una medida inconstitucional e ilegal, ya que transgrede los artículos 150 y 189 de la Constitución, la Ley 7 de 1991 (regulación el comercio exterior del país con la creación del Ministerio de Comercio), el artículo 259 del Plan Nacional de Desarrollo y los compromisos internacionales adquiridos por Colombia en los Tratados de Libre Comercio (TLC), lo que representa un grave precedente para la seguridad jurídica y una amenaza directa a la libre empresa y competencia.
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Restricciones o prohibiciones en el TLC con Israel
De acuerdo con el gremio, el TLC con Israel prohíbe expresamente la adopción de restricciones o prohibiciones a la importación o exportación de mercancías, salvo en circunstancias excepcionales y comprobadas, como una escasez aguda de bienes esenciales. Este no es el caso. Además, la medida pone en riesgo los acuerdos de libre inversión con Suiza y Estados Unidos que protegen las exportaciones de las compañías de carbón en Colombia.
“El argumento de moral pública no puede ser utilizado para justificar decisiones desproporcionadas e inadecuadas que afectan gravemente la economía del país y el bienestar de las regiones,” afirmó el presidente de la ACM, Juan Camilo Nariño.
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Según él, “esta medida debilita la confianza en los compromisos internacionales de Colombia y aumenta la incertidumbre para la inversión”.
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