
Un fallo judicial ordenó suspender las actividades de exploración y explotación de gas en el pozo Uchuva 2 hasta que se realice una consulta previa con la comunidad indígena de Taganga. La orden fue emitida tras una acción de tutela interpuesta por Ariel Daniels de Andreis, gobernador de dicha comunidad, en contra de varias entidades y empresas, incluyendo la Autoridad de Licencias Ambientales (Anla), el Ministerio de Minas y Energía, y Ecopetrol.
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La acción, que busca proteger el derecho a la consulta previa, involucró también al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Petrobras, y el Ministerio del Interior, entre otros. En el fallo, se reconocen explícitamente los derechos fundamentales de la comunidad indígena de Taganga a la consulta previa, al debido proceso y a la propiedad intelectual, cultural y medioambiental.

El tribunal ordenó varias medidas específicas para garantizar estos derechos. Primero, el Ministerio del Interior deberá revisar y corregir la resolución ST-1630 del 2 de noviembre de 2023, en un plazo máximo de un mes, para reconocer explícitamente la presencia del cabildo indígena de Taganga en el área de explotación y desarrollo Tayrona. Esta resolución corregida deberá ser expedida antes de autorizar la realización inmediata de la consulta previa.
Además, una vez corregida la resolución, en un plazo no mayor a treinta días deberá llevarse a cabo la consulta previa, libre e informada, con el cabildo indígena de Taganga respecto al proyecto en mención. Esta consulta deberá cumplir con estándares internacionales y constitucionales, garantizando la efectiva participación de la comunidad en todas las etapas del proceso.
También se ordenó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, realizar un nuevo estudio de impacto ambiental y sociocultural que incluya específicamente los efectos del proyecto sobre la comunidad indígena afectada.
Además, según el documento judicial, Ecopetrol y Petrobras deben evitar el uso de nombres o símbolos culturales de la comunidad Taganga y otros pueblos indígenas sin su consentimiento expreso. Se les ha ordenado retirar los nombres de los proyectos “Uchuva” y “Área de Interés de Perforación Exploratoria Tayrona” en un plazo de 48 horas.
La Presidencia de la República, en coordinación con los Ministerios del Interior, Ambiente y Desarrollo Sostenible, y Minas y Energía, tiene un plazo de seis meses para desarrollar un protocolo interinstitucional destinado a la identificación, consulta y protección de las comunidades ancestrales del agua en futuros proyectos. Este protocolo busca garantizar el respeto a los derechos de estas comunidades en la ejecución de nuevos desarrollos.

Asimismo, se sugiere la creación de un comité de supervisión integrado por representantes del Cabildo Indígena de Taganga, la Defensoría del Pueblo, y el Ministerio Público. Este comité tendrá la tarea de vigilar el cumplimiento de las órdenes emitidas y asegurar la protección de los derechos de la comunidad.
Por su parte, el Ministerio de Cultura debe, en colaboración con el Cabildo Indígena de Taganga, desarrollar un plan de salvaguardia de las prácticas culturales y conocimientos tradicionales relacionados con el entorno marítimo de la comunidad, también en un plazo de seis meses. Estas acciones buscan preservar el patrimonio cultural y conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas de la región.

En otro ámbito, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales deberán implementar un proceso de verificación independiente para identificar la presencia de comunidades tradicionales en las áreas de futuros proyectos, sin limitarse a la certificación del Ministerio del Interior. Este proceso independiente busca asegurar una evaluación justa y comprensiva de los proyectos propuestos.
Además, se prevé que el Ministerio del Interior y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) diseñen e implementen un programa de capacitación para funcionarios públicos sobre los derechos de las comunidades ancestrales del agua y los procedimientos adecuados de consulta previa en las regiones costeras. Este programa deberá estar listo en un plazo máximo de tres meses.
La Defensoría del Pueblo también tiene la tarea de divulgar e implementar medidas pedagógicas para informar a todas las comunidades étnicas costeras del Atlántico, Pacífico, San Andrés y Providencia sobre los derechos protegidos por la presente tutela. Así, se asegura que estas comunidades estén plenamente informadas sobre sus derechos y puedan ejercerlos adecuadamente.
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