
El Ministerio de Salud de Colombia dio a conocer la Circular 012 de 2024, destinada a la protección de los derechos laborales de los residentes médicos en el país. La iniciativa surge tras el trágico fallecimiento de la estudiante residente de Medicina de la Universidad Javeriana Catalina Gutiérrez y busca mejorar las condiciones laborales de estos profesionales en formación.
La normativa limita los turnos a un máximo de 12 horas consecutivas y 66 horas semanales, además de asegurar descansos adecuados.
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El ministerio resaltó la importancia de cumplir estas directrices para salvaguardar la salud física y mental de los residentes, un elemento crucial para el buen funcionamiento del sistema de salud del país. La aplicación de estas reglas no solo pretende mejorar la calidad de vida de los médicos en formación, también garantizar una atención médica de mayor calidad, según lo declarado por voceros del ministerio.
La presidenta de la Asociación Nacional de Internos y Residentes (Anir), Cindy Rodríguez, calificó la medida como un “gran paso” hacia el bienestar de los médicos residentes. Afirmó en una conferencia de prensa que, aunque celebran la medida, “aún falta definir claramente cómo se castigará a las instituciones que no cumplan con esta normativa”.
Rodríguez también destacó que la Anir aplaude la extensión de estos derechos a los médicos rurales, un grupo históricamente desprotegido. La asociación considera que dicha extensión es un avance significativo y necesario para garantizar condiciones laborales más equitativas.

Por eso, insistió en la necesidad de incluir mecanismos claros para la sanción de las instituciones que no sigan estas normativas. La dirigente mencionó que la implementación de sanciones es fundamental para evitar la explotación laboral y proteger a los médicos en formación.
La medida, tomada teniendo en cuenta varios artículos, llega en un momento crítico para el sector salud en Colombia, y se espera que tenga un impacto positivo en la calidad de vida y trabajo de los residentes médicos. El ministerio resaltó la importancia de que estas normativas se cumplan en su totalidad para asegurar que los profesionales puedan desempeñar sus funciones en condiciones óptimas.
Exactamente, el Ministerio de estableció lo siguiente:
- Se exhorta a las Instituciones Prestadoras de salud, públicas y privadas, al cumplimiento irrestricto de la Ley 1917 de 2018 (Sistema de Residencias Médicas en Colombia), el Decreto 780 de 2016 (Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social) y demás normas regulatorias, a fin de que cumplan los horarios máximos de turnos que deben desarrollar los residentes médicos, tumos que deben incluir todas las actividades académicas de prestación de servicios de salud e investigativas.

- Se hace un llamado a ejecutar las condiciones mínimas que debe contener el contrato especial para la práctica formativa, y encargarse de hacer uso de los programas de promoción y prevención que brindan las administradoras de riesgos laborales (ARL) dentro de la relación docencia-servicio.
- Es Importante señalar que cualquier incumplimiento a lo establecido en las normas precitadas puede ser objeto de sanción, por lo que se insta a los médicos residentes que tengan conocimiento de posibles incumplimientos del marco normativo expuesto. a ponerlo en conocimiento del Ministerio dé Educación Nacional y la Superintendencia Nacional de Salud, de conformidad con su competencia.
Servicio social obligatorio
También dejó claro el Ministerio de Salud que el servicio social obligatorio consiste en el cumplimiento de un deber por medio del desempeño de una profesión con carácter social, mediante el cual los egresados de los programas de educación superior de esta área contribuyen a la solución de los problemas de salud desde el campo de su competencia profesional, como uno de los requisitos para obtener la autorización del ejercicio, en los términos que definan las normas vigentes.
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