Anuncian pagos del programa Adulto Mayor en Barranquilla: este es el calendario de cobros

El distrito compartió un calendario de actividades para garantizar la entrega del apoyo económico a sus beneficiarios

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A partir del martes 23
A partir del martes 23 de julio y hasta el 31 de julio todos podrán reclamar su pago sin importar en qué dígito termine su cédula - crédito Prosperidad Social

La Administración distrital de Barranquilla anunció los pagos del Subsidio Distrital para el Adulto Mayor, correspondientes al bimestre de mayo - junio de 2024, que buscará beneficiar a más 900.000 nuevos beneficiarios.

A través de la Secretaría Distrital de Gestión Social, la administración diseñó un horario especial para el primer día de pago de la nómina, que inició el martes 16 de julio desde las 9:00 a. m. en los puntos Efecty de la ciudad para las cédulas terminadas en 1, 2 y 3.

Los beneficiarios de las transferencias podrán reclamar este incentivo el resto de días, de acuerdo al cronograma, entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m. Además, deberán tener presente el siguiente calendario de pagos según el último dígito de la cédula:

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  • Jueves 18 de julio de 2024: 7-8-9-0.
  • Viernes 19 de julio de 2024: 1-2-3.
  • Sábado 20 de julio de 2024: 4-5-6.
  • Lunes 22 de julio de 2024: 7-8-9-0

A partir del martes 23 de julio y hasta el 31 de julio todos podrán reclamar su pago sin importar en qué dígito termine su cédula, es decir, que podrán solicitarlo los beneficiarios cuyos números de cédula no lo lograron el martes 16 y miércoles 17 de julio.

Pagos del programa Colombia Mayor en Barranquilla

La administración compartió el listado de beneficiarios del programa Colombia Mayor que residen en Barranquilla, que deben realizar el cobro del subsidio puesto a disposición en la nómina del julio de 2024, según el cronograma de transferencias establecido.

Hasta el 1 de agosto
Hasta el 1 de agosto los beneficiamos podrán reclamar los pagos del séptimo ciclo - crédito Prosperidad Social

Igualmente, el distrito añadió que el cobro del beneficio a través de un tercero autorizado por el beneficiario solo se podrá realizarse por medio de un poder autenticado ante juez o notario. “Para estos casos se verificará que el beneficiario esté registrado en el listado de pagos enviado por Prosperidad Social”.

Es importante resaltar que el tercero apoderado deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Presentar ante el operador de pago su cédula de ciudadanía original (amarilla con hologramas) y la del beneficiario titular del programa.
  • Aportar una fotocopia de la cédula de ciudadanía del beneficiario y entregar copia del poder original, cuya vigencia no puede ser mayor a 120 días contados a partir de la fecha de su autenticación.
  • La lista de beneficiarios de los pagos podrá consultarlo ingresando al siguiente enlace: www.barranquilla.gov.co/gestionsocial/subsidios/adulto-mayor.

Es importante señalar que los pagos finalizaran el 1 de agosto 2024. Para el séptimo ciclo de transferencias, los beneficiarios mayores de 80 años recibirán un apoyo económico diferencial de 225.000 pesos, que aprobó el Gobierno nacional.

Los colombianos que se encuentren interesado en hacer parte de la iniciativa deben tener presente los siguientes requisitos:

  • Ser colombiano.
  • Haber residido durante los últimos diez años en el territorio nacional.
  • Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. De acuerdo con Sisbén IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.

Posteriormente, y en caso de cumplir con todos los requisitos, los mayores de Barranquilla podrán inscribirse siguiendo los siguientes pasos:

  • El adulto mayor deberá acercarse a la alcaldía con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor.
  • La persona responsable del trámite en la alcaldía distrital verificará el cumplimiento de los requisitos, revisando su cédula de ciudadanía en físico y diligenciando la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.
  • Luego, a través del cruce con bases de datos externas, se verifica y válida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta.
  • A través del sistema se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los criterios de priorización, los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.
  • Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un número de cupos establecidos para el programa; en la medida que estos se liberan, la asignación se realiza siguiendo en estricto orden los turnos asignados en cada ciclo.

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