
Las dependencias adscritas a la Alcaldía Mayor de Bogotá preparan su logística para iniciar con las actividades, programas y proyectos que fueron aprobados en el Recinto Los Comuneros por los cabildantes del Concejo de Bogotá, el miércoles 29 de mayo de 2024.
El Plan Distrital de Desarrollo ‘Bogotá Camina Segura’ avalado por la plenaria del Concejo contará con un total de 321 artículos, que de acuerdo con la administración convergen las propuestas y las diferentes visiones de ciudad de los miles de residentes capitalinos que participaron en su elaboración y consolidación.
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“Bajo las premisas de confianza y bien-estar que determinan la esencia del gobierno del alcalde Carlos Fernando Galán, entre 2024 y 2027″, precisó la Secretaría Distrital de Planeación.
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Dentro del plan de proyecto son varios los artículos que están fijados para la intervención y el apoyo económico-social para los bogotanos con alguna discapacidad o para sus cuidadores. Se trata de los apartados 68 ‘Subsidio de transporte a favor de personas pobres extremas, pobres moderadas, personas con discapacidad, personas mayores y estudiantes pobres o vulnerables’ y 69 ‘Aumento de transferencias monetarias para personas con discapacidad’.

Dichos logros fueron celebrados por gran parte de las bancadas del Concejo de Bogotá, como es el caso del cabildante Andrés Barrios, que comentó que: “Estamos muy contentos. Este logro es resultado de mesas de trabajo que promovimos entre personas con discapacidad, sus cuidadores y cuidadoras y la Administración Distrital”.
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El concejal, quien hace parte de la Bancada por la Discapacidad del Concejo de Bogotá, indicó que estará presto a hacer control político para que lo acordado en el Plan Distrital de Desarrollo se cumpla.
Sobre el artículo 69, el Plan Distrital de Desarrollo precisa que la administración incrementará de manera progresiva y sostenible el monto y cobertura de las transferencias monetarias para personas con discapacidad y/o sus cuidadores y cuidadoras.
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Cabe resaltar que, en Bogotá, la entidad encargada de la protección y atención de los hogares y personas más vulnerables es la Secretaría de Integración Social, que administra y ejecuta programas como el Ingreso ‘Mínimo Garantizado’, ‘Bonos canjeables por alimentos para personas con discapacidad’ y la estrategia ‘Mejores Transferencias, más Bien-Estar’
Sobre la estrategia ‘Mejores Transferencias, más Bien-Estar’, a partir del segundo semestre de 2024, los beneficiarios de los bonos canjeables por alimentos para personas con discapacidad podrán decidir si obtienen ese beneficio directamente en dinero a través de una transferencia monetaria o mantienen el proceso ya establecido.
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La alternativa tendrá como fin que los beneficiarios puedan sumar ese pago con las transferencias que recibirán por parte del Ingreso Mínimo Garantizado, siempre y cuando ya se beneficien de esa estrategia por pertenecer a los grupos categorizados A y B del Sisbén IV.

Según datos oficiales de la dependencia de Integración Social, actualmente los beneficiarios del programa del IGM reciben un monto máximo de $860.000 y un mínimo es de $60.000, según las especificaciones del hogar. En cuanto a los Bonos canjeables por alimentos para personas con discapacidad’ el total que reciben es de $180.000, valores que podrían cambiar con la aprobación del artículo 69 ‘Aumento de transferencias monetarias para personas con discapacidad’.
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Sobre el artículo 68, el distrito implementará un nuevo subsidio de transporte destinado a personas en situación de pobreza extrema, pobreza moderada, personas con discapacidad, personas mayores y estudiantes pobres o vulnerables, aquellos registrados en los grupos A y B del Sisbén. La medida se aplicará en el Sistema Integrado de Transporte Público de la ciudad, proporcionalmente a la capacidad económica de los beneficiarios.
El proceso de reglamentación del subsidio estará a cargo del Gobierno Distrital a través de varias secretarías: Hacienda, Salud, Integración Social, Educación y Movilidad. Esas entidades tendrán un año para definir la operación y el monto del subsidio, siguiendo el principio de sostenibilidad fiscal.
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El PDD señala que el subsidio se distribuirá mediante bonos que podrán tener tarifas diferenciadas, como indica la Ley 1171 de 2007 para las personas mayores, según lo que se determine en la reglamentación.

Ese subsidio estará condicionado a la disponibilidad presupuestal de cada vigencia fiscal y busca atender a las personas más vulnerables de la ciudad. Según las directrices establecidas, la tarifa diferencial para las personas mayores se materializará a través de los bonos otorgados a esa población, como se detalla en el artículo 5 de la Ley 1171 de 2007.
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La implementación progresiva del subsidio asegurará que se adapte a las limitaciones fiscales y presupuestales, con el objetivo de garantizar que quienes más lo necesiten reciban la ayuda correspondiente.
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