
Varias organizaciones de víctimas y defensoras de derechos humanos expresaron su rechazo ante las formas que ha empleado la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para la organización y convocatoria de la audiencia pública nacional de medidas cautelares para proteger los derechos a la memoria y la verdad de las víctimas de desaparición forzada.
A través de un comunicado, 14 organizaciones aseguraron que la JEP no tuvo en cuenta una petición que le hicieron para acordar, con participación de las víctimas, la preparación de dicha audiencia que inició el martes 14 de mayo, en Bogotá y que continuará el 16 del mismo mes en Barrancabermeja.
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“Las organizaciones peticionarias de esta audiencia, desde el 21 de noviembre de 2023, presentaron al despacho del magistrado Raúl Eduardo Sánchez, de la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad de la JEP, un oficio con propuestas de lugares, fechas, metodología y participación de las víctimas, incluyendo la solicitud de reuniones previas al agendamiento de la audiencia, con el propósito de articular con los demás despachos que tienen bajo su conocimiento medidas cautelares y hacer más óptimo y público, el propósito de la audiencia nacional, pero dicha propuesta no fue tenida en cuenta por parte de la JEP”, afirmaron.
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En ese sentido, se habrían presentado varias irregularidades en el proceso para la preparación de la audiancia pública. Las organizaciones destacaron que:
- No se tuvieron en cuenta las propuestas de las organizaciones peticionarias de las medidas cautelares en diversos sitios de interés forense, “donde se presume existen cuerpos no identificados o cuerpos identificados no reclamados de víctimas de desaparición forzada”.
- La segunda fecha de la audiencia, que se realizará en Barrancabermeja, coincide con la conmemoración número 26 de la Masacre de Barrancabermeja, ocurrida el 16 de mayo de 1998, “esto ocasionará el desvío de la atención para dicha conmemoración y centrarse en la audiencia pública, las organizaciones de víctimas de esta región de Santander expresan su descontento por no haber contemplado esta situación. Además, la convocatoria de las organizaciones que hacen parte del colectivo 16 de Mayo se hizo a pocos días de la audiencia y sólo ante el reclamo de las mismas”.
- Inicialmente, la JEP limitó la participación en la audiencia de solo dos vocerías de las organizaciones peticionarias, de víctimas y buscadoras, “lo que no garantiza una participación efectiva y central de las víctimas. Ante el rechazo y negativa de esta posibilidad, han abierto dos espacios más de participación, pero de una manera desordenada, sin consenso y de manera tardía”.
- La JEP no ha informado la metodología que se empleará en la audiencia, “lo que no garantiza una participación efectiva, la cual implica claridad, coordinación e integración de las necesidades y expectativas de las organizaciones peticionarias y representantes de víctimas. Esto tampoco ha permitido, que se integren claramente las medidas, órdenes y procesos que se llevan en los demás despachos que conforman la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad”.
- “No se ha dado el lugar correspondiente a las víctimas, quienes deben ser el centro de todas las acciones, de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo Final de Paz de 2016″.

Por lo anteriormente expuesto, las organizaciones concluyeron que no existen garantías para las víctimas de desaparición forzada ni para el óptimo desarrollo de la audiencia pública de medidas cautelares.
Finalmente, exigieron a la JEP que mejore sus prácticas de participación efectiva de las víctimas y que garantice la centralidad de las mismas en todas sus acciones y decisiones:
“En virtud del principio de la centralidad de las víctimas, se debería coordinar la metodología, preparación, organización y la participación en las distintas audiencias. Así mismo, se debería garantizar la posibilidad de ser escuchadas, sin la premura de tiempos y espacios limitados para que conozcan sus necesidades y expectativas, lo cual representa un pilar fundamental del Sistema Integral de Paz y de la JEP, emanado del acuerdo de Paz (2016) y establecido en la Ley 1957 de 2019″.
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Las organizaciones firmantes son: la Asociación y Familiares de Detenidos Desaparecidos (Asfaddes), el Grupo Interdisciplinario (Gidh), Corporación Jurídica Libertad (CJL), Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice), Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (Cspp), Corporación Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda, Centro de Estudios sobre Conflicto, Violencia y Convivencia Social (Cedat) de la Universidad de Caldas, Colectivo 16 de Mayo de Barrancabermeja, Unión Sindical Obrera (USO), Coordinación Colombia – Europa – Estados Unidos (CCEEU), Equipo Colombiano Interdisciplinario de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (Equitas), Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (Credhos), Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar) y el Colectivo 28 de Febrero.
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