
La Cancillería de Colombia presentó un recurso solicitando la anulación de la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que revocó el nombramiento de Verónica Alcocer, esposa del presidente Gustavo Petro, como embajadora de Misión Especial.
La defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, liderada por el abogado Jorge Barrios, ha centrado su argumentación en la falta de notificación y vinculación del Ministerio en calidad de demandado en el proceso que llevó a la anulación del nombramiento.
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Esta situación, que fue revelada por El Tiempo, no solo resalta las tensiones entre las interpretaciones legales de los actos administrativos del Gobierno, sino que también ilustra la complejidad del tejido constitucional y legal que rige los nombramientos públicos en Colombia.
“No podrán en ejercicio de sus funciones nombrar, postular, ni contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente”, artículo 126 de la Constitución Política con el que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca se basó para tumbar la designación de la primera dama como embajadora especial.
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Pero ahora, en un documento firmado por el abogado Jorge Barrios, la Cancillería argumenta que su participación en el proceso es indispensable, dada la implicación del entonces canciller Álvaro Leyva en la emisión del decreto que oficializó a Alcocer en su cargo diplomático.
El principal argumento del Ministerio se centra en que cualquier acción contra el decreto debió incluir al Ministerio dado que este fue uno de los firmantes.
La defensa sostiene: “Es necesaria la vinculación de este Ministerio en cualquier acción que recaiga sobre el decreto demandado”, reflejando la postura de que tanto la Cancillería como el Ministerio deben ser considerados en el juicio para garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso. De acuerdo con El Tiempo este reclamo fue formalizado ante el magistrado Luis Manuel Lasso el pasado 2 de mayo, poniendo de manifiesto la complejidad legal y procesal del caso.
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Mientras el proceso sigue su curso, la atención pública y legal se mantiene sobre las implicaciones de este caso para el futuro de las designaciones gubernamentales y la interpretación de las normativas constitucionales relativas al nepotismo y la imparcialidad en la función pública.
Los millonarios sobrecostos de la primera dama

Este episodio se desarrolla en un contexto donde los gastos del Gobierno relacionados con los viajes de Alcocer han llamado poderosamente la atención. Reportajes de La Silla Vacía han puesto en evidencia el dispendio de cerca de mil millones millones de pesos en un séquito que incluye desde un maquillador personal hasta un fotógrafo profesional, pasando por la mejor amiga de Alcocer, con salarios que oscilan entre los 10 y 30 millones de pesos mensuales.
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Entre los mencionados se encuentra Fady Flórez, quien, pese a estar designado para manejar la imagen presidencial en materiales audiovisuales, se reportó que ha estado principalmente involucrado en asistir a Alcocer en eventos públicos. Asimismo, la incorporación de Ingrid Carolina Plata y María Antonia Pardo, amiga cercana y asesora de comunicaciones de la primera dama respectivamente, al grupo de colaboradores suscitó análisis sobre sus roles y compensaciones, sugiriendo que su trabajo trasciende las responsabilidades oficialmente descritas en sus contrataciones.
Mauricio Vélez, quien fue designado como director audiovisual de la Presidencia, ha sido particularmente señalado por desempeñar funciones que parecen ir más allá de su rol oficial, actuando en ocasiones como fotógrafo privado de Alcocer, acompañándola en varios viajes.
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Este detalle no solo añade una capa de controversia sobre la idoneidad del nombramiento de Alcocer debido a la relación de parentesco con el Presidente, sino que además plantea interrogantes sobre la justificación de los costos incurridos por el Estado en dichas actividades.
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