
La Superintendencia Financiera impuso una multa de 23,4 millones a Claudia Beatriz Betancourt, una de las directivas del Grupo Argos y gerente general de Amalfi S.A.S., por realizar procesos de compra y venta de acciones de Terpel sin el soporte debido de las autoridades.
Betancourt, miembro de la Junta Directiva de Argos desde el 16 de abril de 2018, realizó las operaciones como persona natural y siendo dueña de la empresa Clabet, sin reportarlas a las autoridades. En total fueron tres operaciones de compra venta, acordadas de forma previa, sin informar al regulador financiero ni a la Bolsa de Valores de Colombia (BVC).
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Para el ente regulador, la directiva “habría obstaculizado la libre concurrencia del mercado y la interferencia de otros participantes en las ofertas sobre valores, cuando una operación previamente acordada no se informa de manera escrita a la Superintendencia y a la Bolsa de Valores”.

De tal manera que la Superfinanciera le formuló el cargo de “incumplimiento de normas sobre la libre concurrencia del mercado de valores y del deber de informar, por escrito, a la Superintendencia Financiera de Colombia y a la Bolsa de Valores de Colombia sobre la realización de operaciones preacordadas en el mercado de valores”.
La infracción de Betancourt se debe a que definió las condiciones de fecha, calidad, especie y precio en operaciones en las que a través de su empresa, Clabet, actuó como vendedora y simultáneamente como compradora, pero en calidad de persona natural. Todo lo hizo sin haber informado a la Superintendencia ni al mercado de valores.

Con su actuación, la empresaria habría obstaculizado la libre competencia del mercado y la interferencia de otros participantes en las ofertas sobre valores, cuando una operación previamente acordada no se informa por escrito a la autoridad financiera y al sistema de negociación en el que se fuera a realizar la operación, que en este caso era la BVC.
“Es dable afirmar que la investigada presuntamente participó de manera activa en el presunto acuerdo previo de las operaciones que posteriormente se concretaron bajo los folios número 1059, 3516 y 3821 del 23 de mayo y 10 de junio de 2022, respectivamente, toda vez que instruyó la compra y venta de acciones Terpel, en la cantidad y precio definidas por ella”, informó la Superintendencia.
Betancourt mencionó en sus alegatos de conclusión: “La ausencia de intención (culpa) de realizar operaciones preacordadas que afectaran la libre concurrencia en el mercado de valores con ocasión de los hechos objeto de estudio”.

La entidad reguladora señaló que en materia de la intencionalidad frente a la formación de los precios por parte del mercado, la responsabilidad es solo objetiva en materia sancionatoria administrativa, por lo cual es intrascendente si la infractora actuó con culpa o dolo.
Según el artículo 7.5.1.1.2. del decreto 2555 del 2010, “cuando se proyecte adelantar operaciones sobre acciones entre un mismo beneficiario real, bastará con la información de que trata el inciso anterior se proporcione con cinco (5) días comunes de antelación y que sea agregada, con el mismo plazo, mediante comunicación escrita dirigida a la Superintendencia Financiera de Colombia, a la bolsa de valores o sistema de negociación en el que haya de efectuarse la respectiva operación”.
Dentro del proceso también se acreditó que Clabet realiza operaciones de mercado y posee una cuenta en Valores Bancolombia desde el 5 de diciembre de 2011, lo cual permite inferir que la investigada tiene trayectoria en el mercado, lo cual demostraría su conocimiento en la materia.
De igual forma, se acreditó que Betancourt, en calidad de única accionista de Clabet, también realizaba operaciones en el mercado de valores y posee una cuenta en Casa de Bolsa S.A. desde el 28 de agosto de 2010.
Entonces, las operaciones fueron efectuadas en una parte por la Sociedad Clabet por su representante legal (Betancourt) y en otra parte por una persona natural, siendo ella misma.
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