A empresas y comercios se les acaba el tiempo para renovar la matrícula mercantil: esta es la multa por no cumplir

La diligencia debe hacerse antes de 1º de abril en la Cámara de Comercio donde funciona el establecimiento

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La matrícula mercantil debe ser renovada cada año - crédito Cámara de Comercio de Bogotá
La matrícula mercantil debe ser renovada cada año - crédito Cámara de Comercio de Bogotá

La matrícula mercantil es el registro que deben hacer los comerciantes, ya sean personas naturales o jurídicas, y los establecimientos de comercio, en las cámaras de comercio con jurisdicción en el lugar donde van a desarrollar su actividad y donde va a funcionar el establecimiento de comercio, para dar cumplimiento a una de las obligaciones mercantiles dispuestas en el Código de Comercio.

Esta se debe hacer cada año y en esta oportunidad la fecha límite va hasta el 1º de abril de 2024, lo que les permitirá conservar los beneficios que les otorga la formalidad y el cumplimiento de sus deberes legales.

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Atendiendo a la instrucción impartida por la Superintendencia de Sociedades, las cámaras de comercio ampliaron el plazo máximo para hacer la renovación de la matrícula mercantil para el 2024, teniendo en cuenta que, para el año en curso, la fecha que se considera tradicional (31 de marzo), coincide con un domingo, día feriado en el país y cuando finaliza la Semana Santa.

Dos millones de empresas y comercios renovaron matrícula mercantil en 2023, según Confecámaras - crédito Cámara de Comercio de Bogotá
Dos millones de empresas y comercios renovaron matrícula mercantil en 2023, según Confecámaras - crédito Cámara de Comercio de Bogotá

La multa por no renovar la matrícula mercantil a tiempo

Es importante resaltar que la renovación o inscripción de la matrícula debe darse por parte de personas naturales o jurídicas ante la Cámara de Comercio que corresponda. En el caso de las personas jurídicas debe actuar a través de un representante legal para contraer las obligaciones.

La abogada corporativa de la firma de Ventus Consultores Katerine Mosquera afirma que las multas que pueden recibir los comerciantes y empresarios que no tengan o no renueven su matrícula mercantil pueden llegar hasta los 17 salarios mínimos legales vigentes ($28.600.000).

“La renovación es un proceso que se debe dar en los primeros tres meses del año y que puede llevar a multas impuestas por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, por ejemplo”, afirma.

Según Confecámaras, 2.161.000 empresas renovaron su registro mercantil en 2023, de las cuales el 69% corresponde a personas naturales y 31% a personas jurídicas. Además, se refleja que el comercio al por mayor y por menor fue el sector que más renovaciones tuvo así como el de alojamiento y servicios de comida con 257.642 empresas e industria manufacturera con 206.929.

“Los registros demuestran que el 93,2% de las empresas que renovaron el año pasado son micro y 4,8% pequeñas. Esto puso en la conversación el compromiso.”, indicó Mosquera.

Para hacerlo de manera virtual es necesario seguir el siguiente paso a paso:

  • Ingrese a la plataforma y haga el proceso de registro para obtener la clave virtual, y acceda a los servicios virtuales de registros públicos.
  • Registre todos los datos solicitados que encuentre en el aplicativo de Renovación Matrícula Mercantil y ESAL. Recuerde que debe contar con la clave virtual para continuar con el trámite.
  • Tenga en cuenta que también puede pagar en línea (tarjeta de débito o crédito o a través de los bancos con los que se tenga un acuerdo de pago con PSE). También puede pagar en efectivo, cheque, tarjeta de débito o crédito en cualquiera de las sucursales o a través de los servicios en línea de la Cámara de Comercio.
Con normalidad, el plazo para renovar la matrícula mercantil es hasta el 31 de marzo, pero esta vez cae festivo y por eso se corrió la fecha hasta el 1 de abril - crédito Cámara de Comercio de Ibagué
Con normalidad, el plazo para renovar la matrícula mercantil es hasta el 31 de marzo, pero esta vez cae festivo y por eso se corrió la fecha hasta el 1 de abril - crédito Cámara de Comercio de Ibagué

Tarifas para renovar la matrícula mercantil

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo anunció la publicación del Decreto 0045 el 30 de enero de 2024, con lo que se hizo cambios significativos en el Decreto 1074 de 2015 en relación con el sistema de tarifas aplicables al registro y renovación de la matrícula mercantil. De acuerdo con esta nueva regulación, las tarifas se calcularán ahora en función de los activos líquidos ordinarios del negocio, estableciendo montos mínimos y máximos para estos trámites.

La modificación trae consigo un esquema de tarifas diferenciales, donde el costo por el registro y la renovación de la matrícula comercial variará según el tamaño y capacidad financiera del negocio en cuestión.

Esta medida busca adaptar las tarifas a la realidad económica de cada empresa, con lo que se facilita así el cumplimiento de sus obligaciones legales y se fomenta el desarrollo empresarial en el país. Hasta el momento de la publicación de este decreto, las tarifas habían permanecido fijas, sin tomar en cuenta las variaciones en los activos de las compañías.

Es de anotar que las tarifas de registro y renovación del registro mercantil se expresan en unidades de valor básico (UVB) sobre los activos líquidos ordinarios. Estos tienen tarifas diferenciales. así como un valor mínimo y un valor máximo.

Así las cosas, en cuanto a registro, si los activos que se tienen son 26.720 UVB en adelante o $292.605.902 en adelante, la tarifa aplicable es 12,72 UVB o $139.000. Por su parte, si es renovación, si el rango de activos es menor o igual a 204,97 UVB o $2.244.655, la tarifa en UVB es de 5,30 o $58.000.