
De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el Registro Único Tributario es el mecanismo con el que la entidad puede identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones tributarias; así como aquellos que por disposición legal deban hacerlo o por decisión de la Dian conforme con las normas legales y reglamentarias vigentes.
Sin embargo, para efectos de las operaciones de importación, exportación de tránsito aduanero, hay una serie de sujetos y entidades que no están obligadas a inscribirse en el RUT, en calidad de usuarios aduaneros.
Ahora puede seguirnos en WhatsApp Channel.
Es decir, los extranjeros no residentes, diplomáticos, misiones diplomáticas, misiones consulares y misiones técnicas acreditadas en Colombia; así como los sujetos al régimen de menajes y de viajeros, los transportadores internacionales no residentes, las personas naturales destinatarias o remitentes de mercancías bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, salvo cuando utilicen la modalidad para la importación y/o exportación de expediciones comerciales.
De acuerdo con la dirección, esos usuarios aduaneros podrán identificarse con el número de pasaporte, número de documento de identidad o el número del documento que acredita la misión. “Lo anterior, sin perjuicio de la inscripción que deban cumplir en virtud de otras responsabilidades u obligaciones a que estén sujetos”, agregó la Dian.
Además, en la categoría de quienes no deben realizar el registro también compete a los profesionales de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajeros deberán obtener la autorización que acredite el cumplimiento de los requisitos y condiciones que establezca para el efecto la Dian.
En qué momento una persona o entidad debe registrarse en el RUT
Para responder la interrogante, la dirección precisó que el proceso deberá efectuarse en forma previa al inicio de la actividad económica, al cumplimiento de obligaciones administradas por la dependencia y en general, a la realización de operaciones en calidad de importador, exportador o usuario aduanero.
A esto, se le suman las personas naturales que en el correspondiente año gravable adquieran la calidad de declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, acorde con lo establecido en los artículos 592, 593 y 594-1 del Estatuto Tributario.
Estas personas tendrán plazo para inscribirse en el RUT hasta la fecha de vencimiento, prevista para presentar la respectiva declaración. Lo anterior, “sin perjuicio de la obligación de registrarse por una situación diferente”.
Cabe recordar que la inscripción en el Registro Único Tributario, tendrá vigencia indefinida y, en consecuencia, no se exigirá a quien deba estar registrado una actualización del documento.
En el caso de que usted deba realizar el proceso de registro en el RUT, deberá solicitar ante la Dian la Cartilla de Inscripción en el RUT para Personas Naturales y/o Personas Jurídicas, con firma electrónica y verificación en línea.
Además, ese trámite de inscripción, de actualización y/o solicitud de cancelación, se podrá realizar de forma presencial, de la siguiente manera:
- Directamente por el interesado o por quien ejerza la representación legal, acreditando la calidad correspondiente;
- A través de apoderado debidamente acreditado, el cual no requiere tener la calidad de abogado.
A su vez, se podrán formalizar los siguientes trámites de forma electrónica a través del sitio web de la Dian:
- Inscripción en el RUT para las personas naturales no responsables del IVA que no realicen actividades mercantiles, previa revisión de información que realizará el sistema.
- Actualización del RUT para las personas naturales y para las personas jurídicas por sus representantes legales con Firma Electrónica.
- La radicación de las solicitudes de actualización del RUT sujetas a comprobación y la radicación de la solicitud de cancelación del RUT, con Firma Electrónica, para aquellos inscritos a quienes la Dian, le ha asignado tal mecanismo.
Más Noticias
SuperSalud aclara alcance en ESE intervenidas tras denuncias en Maicao y señala que no maneja contratación ESEs
La Superintendencia Nacional de Salud afirmó que no dirige ni ejecuta procesos contractuales en ESE intervenidas, tras denuncias sobre presuntas presiones en el Hospital San José de Maicao, mientras avanza en verificaciones internas

Empresas deberán ajustar contratos y reglamentos internos por jornada de 42 horas semanales y nuevos recargos laborales en 2026
La reducción definitiva de la jornada laboral a 42 horas en 2026 obligará a las empresas a modificar contratos, reglamentos y cálculos de nómina, en un contexto marcado por nuevos recargos nocturnos y dominicales previstos en la legislación vigente

Colombia fija arancel del 30 % a importaciones de Ecuador por US$250 millones tras decisión unilateral del vecino país
El Gobierno colombiano anunció un arancel del 30 % a 20 productos ecuatorianos por US$250 millones, como respuesta a la medida adoptada por Ecuador. La ministra de Comercio explicó que es una acción transitoria y revisable, orientada al equilibrio bilateral
Ministerio de Educación desmiente cambios en vacaciones escolares 2026 y ratifica calendario oficial definido por secretarías
Educación aclaró que no existen cambios en las vacaciones escolares de 2026 y reiteró que los calendarios académicos son definidos por secretarías locales, según la Circular 043 de 2025 y la Ley 115

Gasolina bajará 300 pesos desde febrero por caída del dólar y del petróleo, pero el precio podría volver a subir
Desde el 1 de febrero, el precio de la gasolina corriente en Colombia tendrá una reducción inicial de 300 pesos por galón. La decisión responde a variables macroeconómicas como el dólar, el petróleo y el estado del FEPC




