
La Jurisdicción Especial para la Paz, el 12, 13 y 14 de febrero de 2024, realizó la inspección de los archivos de la Brigada Móvil número 10 del Ejército Nacional, en la base militar de Tolemaida, en Nilo (Cundinamarca), que se había ordenado el 26 de diciembre de 2023, en el marco de la investigación del Caso 08, sobre los vínculos entre la fuerza pública con grupos paramilitares, agentes del Estado o terceros civiles para cometer crímenes.
Durante la diligencia, adelantada por la Sección de Ausencia de Reconocimiento, se recopilaron documentos como actas de nombramiento o destitución de los comandantes de la brigada, órdenes de batalla, planes de operaciones, planes de moral y bienestar entre 2003 y 2007, así como los documentos con los resultados de las operaciones en este periodo, boletines e informes de inteligencia.
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Finalizada la inspección, la Sección de Ausencia de Reconocimiento anunció que emitirá nuevas órdenes de inspecciones judiciales de la misma índole. La investigación es por el subcaso Ariari-Guayabero-Guaviare-Caguán-Florencia.
De acuerdo con el auto SRVR-RJC-083- 2023, la JEP también buscaba recuperar información sobre la disposición de creación de la Brigada Móvil 10 y sus niveles de responsabilidad operacional.
Así como de los actos administrativos de nombramiento o destitución de los cargos de los comandantes de la Brigada móvil y demás, unidades militares que la integraron desde su creación, con indicación de municipios y asignación de jurisdicción de unidades militares, niveles de responsabilidad operacional y operaciones relacionadas.
También tenía como objetivo recaudar las órdenes de batalla, planes de operaciones, planes de moral y bienestar entre 2003 y 2007; información de los resultados operacionales presentados por las diferentes unidades con inclusión de órdenes de operaciones y/o misión táctica, INSITOP, informes de patrullaje; lecciones aprendidas; actas de gasto de munición y de entrega de material de guerra incautado o recuperado; actas de pago de recompensa; listado del personal destacado en las operaciones.
Los investigadores de la JEP también buscaron información sobre hechos de violencia presentados por las diferentes unidades que conformaron la Brigada Móvil 10, libros de programas de radio; boletines y apreciaciones de inteligencia, elaborados tanto por la sección de inteligencia de la Brigada Móvil 10 en sus respectivas unidades como por las unidades tácticas que le hayan remitido.
El auto se puede leer, a continuación:
Antecedentes del auto
En el documento, la magistrada Reinere de los Ángeles Jaramillo Chaverra advirtió que la orden para inspeccionar los archivos de la Brigada Móvil 10 del Ejército Nacional se fundó en el Auto SRVR No. 104 de 2022 del 29 de agosto, en el que la Sala de Reconocimiento avocó el conocimiento del caso 08 y priorizó la investigación en los territorios que integran el subcaso Ariari- Guayabero- Guaviare, Caguán, Florencia y zonas aledañas.
Durante las investigaciones, advirtió la magistrada, del subcaso se determinó que el Universo Provisional de Hechos asciende a 853 hechos victimizantes, que comprenden múltiples hechos ocurridos en dicha subregión entre 1980 y antes del 1 de diciembre de 2016, y se identificaron elementos que corresponden a documentación relacionada con actividades propias de la Brigada Móvil 10, que requiere ser recaudada por el despacho para completar la información que se requiere para establecer la existencia de los hechos y máximos responsables.
Así mismo, encontró un alto número de hechos que pueden comprometer a integrantes de la fuerza pública con jurisdicción u operación en los territorios del subcaso, entre las cuales la Brigada móvil 10 agregada a la FUTCO, cuyos integrantes por inferencia o mención en los informes y piezas procesales relacionadas, pudieron actuar directamente o en vínculos con integrantes de los grupos paramilitares o terceros con incidencia en el control en la subregión, entre el 7 de diciembre de 1999 y antes del 1º de diciembre de 2016.
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