
Camino a atender una emergencia, en plena avenida del Río, a la altura del centro comercial Ocean Mall (occidente de Santa Marta), una ambulancia, al parecer con exceso de velocidad, terminó atropellando a una mujer de la tercera edad.
Así habría quedado registrado en una serie de grabaciones realizadas por habitantes del sector que, a pesar de dar paso al personal paramédico, se encontraban notablemente molestos con lo ocurrido:
“Mira, ve, como locos atropellaron a la señora, mira cómo le partieron la pierna, juepu@#$ malpar%&$, por ir a recoger, mira como le volvieron la pierna. Dios mío, señor. Juepu@#$ ambulancia, mano, no joda, por ir embalado atropelló a la señora y le partió la pata y la cabeza”, se escuha decir a uno de los presentes, mientras graba con su teléfono celular.
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La víctima, quien no logró esquivar la ambulancia cuando cruzaba la intersección, habría sufrido una fractura de pierna, golpes por todo el cuerpo y una contusión menor en la cabeza. Por esos golpes tuvo que ser trasladada de emergencia a un centro médico, en la misma ambulancia que minutos antes provocó el choque.
La emergencia que inicialmente iba a atender fue asignada a otro vehículo del cuerpo asistencial que, coincidentemente, se ve adelantando por un costado. Habitantes de la capital del Magdalena se valieron del accidente para denunciar lo que según ellos serían malas practicas al volante de algunas ambulancias: “Sí, señores, las ambulancias acá en Santa Marta, con sus velocidades hacen provocar accidentes”, “Esas ambulancias no tienen ley”.
Aunque, de otra parte, están quienes insisten que al llevar la sirena encendida, los demás actores viales deberían estar pendientes y ceder el paso, sin excepción: “Si escuchan la sirena en la vía hay que dejar la ambulancia pasar. Yo soy testigo que, en ocasiones, no las dejan”.
La normativa colombiana, por otra parte, es clara en su artículo 64 de la ley 769 del 2002: “Todo conductor debe ceder el paso a los vehículos de ambulancias, cuerpo de bomberos, vehículos de socorro o emergencia y de la policía o ejército orillándose al costado derecho de la calzada o carril y deteniendo el movimiento del vehículo, cuando anuncien su presencia por medio de luces, sirenas, campanas o cualquier señal óptica o audible”.
De acuerdo con el blog en línea, Osadía Jurídica “En la practica por el tamaño de la vía no será posible orillarse para dar paso a este tipo de vehículos, por lo que de manera razonable, lógica y prudente el conductor deberá pasar el semáforo en rojo o amarillo para que pueda continuar su marcha la autoridad competente o vehículo de emergencia que viene detrás, mal podría un agente o policía de transito generar una orden de comparendo, pues es claro que el conductor está en cumplimiento de un mandato legal establecido en la Ley de Tránsito, está es una causal de exoneración atípica que puede ser invocada en caso que se le generó una fotomulta o comparendo electrónico, así como si el agente de policía la genero de manera física”.
Un hecho similar se registró el día siguiente; es decir, el sábado 13 de enero en la capital del país, aunque, con dos oficiales de Policía, que, al pasarse un semáforo en rojo fueron atropellados por una camioneta.
Quien iba en el puesto de parrillero resultó gravemente herido y tuvo que ser trasladado de emergencia a un centro asistencial, del norte de Bogotá. Y es que, a pesar de que su vehículo llevaba la sirena encendida, el conductor que los golpeo por un costado no logró frenar, sino hasta después del siniestro.
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