Comandante del Ejército les pidió perdón a los familiares de las víctimas de los ‘falsos positivos’ en los Llanos

El general Luis Mauricio Ospina enfatizó en la importancia de aprender del pasado para garantizar que los soldados respeten los derechos humanos y el derecho internacional humanitario

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El General reafirma el compromiso
El General reafirma el compromiso del Ejército con el servicio a la Patria y hace un llamado a la unidad de los colombianos en busca de la paz y la reconciliación - créditos EFE/ Carlos Ortega

En un acto de reconocimiento de responsabilidad y solicitud de perdón por los casos de ejecuciones extrajudiciales ocurridos en los Llanos Orientales, el comandante del Ejército, general Luis Mauricio Ospina, se disculpó en nombre de la institución por los asesinatos.

El general Ospina enfatizó en la importancia de aprender de esos errores para garantizar que los soldados respeten los derechos humanos y el derecho internacional humanitario en el futuro.

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El comandante del Ejército Nacional envió un mensaje a los familiares de: Adolfo Cárdenas Trujillo, Aurelio Gallego Mancera, Ángel Gabriel Virgüez García, José Antonio Villegas Batero, José Indalecio González Angulo, Luis Efraín Prada, Luis Enrique Montero y Yeiler Andrés Cubides Zuluaga, civiles asesinados por miembros del Ejército entre el 2002 y 2008.

El evento que se llevó a cabo en la ciudad de Villavicencio contó con la presencia del ministro de Defensa, Iván Velásquez, al respecto resaltó el general Ospina que agradecía “su Interés, Liderazgo y Compromiso para hacer que éste Acto de Reparación, Perdón, Reconciliación y Justicia, fuera real y posible”.

Video suministrado por Ejército Nacional

En medio del emotivo discurso el general Ospina pidió perdón en nombre de la institución y recordó que como uniformados su razón de ser es el cumplimiento de los derechos y la protección de los colombianos:

De igual manera el comandante del Ejército Nacional resaltó la lucha que han tenido que librar los familiares de las víctimas para librar los tropiezos que fuerzas oscuras han intentado poner para dañar la reputación de los civiles asesinados por las Fuerzas del Estado.

Los mal llamados ‘falsos positivos’, representan uno de los capítulos más oscuros en la historia del Ejército Nacional y del país. La práctica de asesinar a civiles y hacerlos pasar como combatientes caídos en acción resultó en la pérdida de la vida de al menos 6.402 personas, de acuerdo con la información proporcionada por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Víctimas de falsos positivos demandan al Estado

Varias organizaciones colombianas, incluyendo la Comisión Colombiana de Juristas, la Corporación Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda, la Asociación para la Promoción Social Alternativa, Humanidad Vigente Corporación Jurídica, el Colectivo de Abogados y Abogadas “José Alvear Restrepo,” y la Corporación Jurídica Libertad, han presentado una denuncia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Representan a 308 familiares de 53 víctimas de los conocidos como “falsos positivos”.

La denuncia se centra en las preocupaciones de las familias con respecto al plazo de dos años establecido para presentar demandas ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo en casos de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Esto significa que, desde el momento en que se conocen los hechos, comienza a correr el tiempo para presentar una demanda y, por ende, buscar una reparación integral. Las organizaciones sostienen que esta medida, confirmada en 2020 por el Consejo de Estado y la Corte Constitucional, va en contra de los estándares interamericanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ya que dificulta que los familiares de las víctimas presenten el recurso y busquen la reparación que necesitan.

El propósito de esta solicitud es que la Corte Interamericana declare al Estado colombiano responsable a nivel internacional por la violación de varios derechos, incluyendo el derecho a la integridad personal, las garantías judiciales y la protección judicial, establecidos en los artículos 5, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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