
Pese a que la Corte Constitucional le dio la razón a la Procuraduría General de la Nación de mantener sus facultades para sancionar, destituir e inhabilitar a funcionarios elegidos por voto popular, el presidente Gustavo Petro aseguró que el tribunal le dio la razón a él.
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El mandatario siempre ha estado en contra de que el Ministerio Público pueda sancionar a alcaldes, gobernadores y otros funcionarios elegidos en las urnas. Tal y como le pasó a él en el 2014 cuando era alcalde de Bogotá y el entonces procurador Alejandro Ordóñez, afín al uribismo, lo destituyó e inhabilitó por 15 años por el lío de las basuras en su administración.
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“La sentencia de la Corte Constitucional le quita las funciones jurisdiccionales a la Procuraduría, que había asumido a través de una ley que, como senador, vote en contra (sic)”, trinó el presidente en la mañana del viernes 11 de agosto, un día después del fallo del alto tribunal.

Aunque la decisión de la Corte Constitucionalista deberá ser revisada por el Consejo de Estado, Gustavo Petro aseguró que el contencioso administrativo será el que tome la facultad de suspender a quienes, como él, llegaron a ejercer el servicio público.
“La suspensión de funcionarios de elección popular debe ser tomada transitoriamente por la justicia contenciosa, hasta que el Congreso haga la reforma constitucional”, dijo el presidente en su cuenta de Twitter, ahora llamada X.
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Aunque el Consejo de Estado hizo un escueto pronunciamiento sobre el fallo de la Corte, Petro sacó pecho diciendo que coincidían con él en que la Procuraduría no podía sancionar a quienes eligió el pueblo colombiano en las urnas, salvo que la orden de un juez lo solicite.
Así las cosas, la Corte Constitucional lo que hizo fue darle el visto bueno a la Procuraduría de ejercer esos correctivos contra los servidores públicos. Sin embargo, no es tan fácil como se cree, sino que dependerá de un fallo del Consejo de Estado para que funcione y la medida contra el alcalde o gobernador, así como el congresista, quede en firme.
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Con el pronunciamiento del presidente Petro se evidencia su insistencia en que en Colombia debe prevalecer la decisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en la que por su caso cuando fue alcalde, se le exigió al Estado colombiano que no afectara los derechos políticos de los funcionarios elegidos por voto popular.
Existe todavía un vacío legal al respecto, pese a que la CIDH le otorgó la potestad a las autoridades colombianas para que fijaran lineamientos que permitieran tener una mayor claridad al respecto, a la fecha aún hay varias dudas sobre lo que puede y lo que no hacer la Procuraduría frente a esos personajes.
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Sin embargo, la Corte Constitucional, con su decisión del jueves 10 de agosto, le dio la razón a la procuradora general, Margarita Cabello, que la faculta a ella y a su institución para tomar esas decisiones, y no como, al parecer, está sugiriendo el presidente Petro.
El desencuentro entre Petro y la procuradora Cabello se remonta a hace algunas semanas cuando ella sancionó al alcalde de Riohacha, José Ramiro Bermúdez. El presidente salió furioso a defenderlo, y la funcionaria aseguró que él solo respetaba las leyes del extranjero y no las que regían en el país que gobierna desde agosto del 2022, cuando se posesionó en reemplazo de Iván Duque Márquez.
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