Diálogos con el ELN: Secuestro quedó expresamente prohibido durante el cese al fuego bilateral

Las delegaciones de paz del Gobierno y el ELN se reunieron en La Habana para definir las subcomisiones del cese al fuego que entró en fase de alistamiento

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El jueves 3 de agosto
El jueves 3 de agosto empezará la implementación del cese al fuego bilateral de carácter temporal y nacional. EFE/Christian Escobar Mora (Archivo)

Durante el lunes 10 de julio las delegaciones del Gobierno nacional y el ELN se reunieron en La Habana (Cuba) para definir las últimas reglas del cese al fuego que el 6 de julio entró en fase de alistamiento de cara a su ejecución y verificación a partir del jueves 3 de agosto.

Sin embargo, uno de los primeros temas tratado en el encuentro en el Palacio de las Convenciones de la capital cubana fue el secuestro de la sargento segunda del Ejército Ghislaine Karina Ramírez y sus dos hijos (uno de ellos diagnosticado con autismo) atribuido al frente Domingo Laín Sáenz de la guerrilla activa, en Arauca.

Si bien el hecho ocurrió tres días antes del arranque del calendario oficial del cese y la suboficial fue liberada junto con los menores de seis y ocho años, fue fuertemente rechazado desde varios sectores de la administración Petro, como el Ministerio del Interior y la oficina del alto comisionado para la Paz.

De hecho, Danilo Rueda exigió a los integrantes del grupo insurgente pronunciarse ante esa retención entendida como una infracción al derecho internacional humanitario, pues la no comisión de este tipo de violaciones fue uno de los puntos acordados en el tercer ciclo de negociaciones realizado también en La Habana.

Concretamente, el primer apartado del protocolo de acciones específicas para el cese bilateral de carácter temporal y nacional expresó “no realizar las acciones prohibidas en el derecho internacional humanitario, en particular las contenidas en el protocolo II de 1977, adicional a los convenios de Ginebra”.

Esa normativa referenciada abarca la restricción rotunda de prácticas como el reclutamiento de niños y niñas menores de 15 años y el secuestro con fines extorsivos. Sobre este último, menciona que está expresamente prohibida en todo tiempo y lugar, tanto en guerras internacionales como en conflictos armados internos.

Esto fue reforzado en el artículo ocho del Estatuto de la Corte Penal Internacional, que establece la toma de rehenes como un crimen de guerra en los conflictos internos (como el colombiano).

Las subcomisiones del cese al fuego, sus integrantes y los compromisos

En el documento firmado el viernes 9 de junio, las partes también acordaron no efectuar acciones ofensivas entre el ELN y las fuerzas del Estado, y no obstaculizar ni estigmatizar la labor de los componentes de los mecanismos humanitarios determinados dentro de los acuerdos parciales “facilitando y garantizando la seguridad de sus integrantes”.

Sumado a esto, durante el lunes se definieron los integrantes de las subcomisiones: por el Gobierno nacional fueron seleccionados el almirante Orlando Romero; Olga Lilia Silva; Horacio Guerrero; Rosmery Quintero; el coronel de la Fuerza Aérea Rodrigo Mezú y Juan Carlos Ospina en calidad de asesor jurídico.

Por el lado del Ejército de Liberación Nacional estarán Pablo Beltrán, Nicolás Rodríguez Bautista; Isabel Torres; Bernardo Téllez y Tomás García Laviana. Serán ocho los protocolos a finiquitar: uno determinará el rol de la mesa en el transcurso de los seis meses de cese al fuego; la evaluación, prórroga o levantamiento del mismo, y el papel que jugará la Iglesia católica, tanto en la suspensión de las acciones armadas como en el Mecanismo de Veeduría, Monitoreo y Verificación (Mvmv).

También habrá una sección encargada de verificar la seguridad de los integrantes del Mvmv y el ELN, así como las regiones donde están presentes los insurgentes; una veeduría social creada en la mesa de diálogos y otra con el objetivo de regular las medidas de protección humanitaria.

Ambas subcomisiones también están a la espera de que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas apruebe la ampliación del mandato de la Misión de Verificación de la ONU en Colombia, pues de acuerdo con el decreto 1117 del 5 de julio de 2023, esta instancia hará parte del mecanismo de monitoreo y cumplimiento del cese.

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