
Luego de que en medio de una investigación se encontraran algunas irregularidades en el traslado de Enrique Vives Caballero, sindicado de haber causado la muerte de seis jóvenes en Santa Marta en 2021, la Procuraduría General de la Nación formuló un pliego de cargos contra tres integrantes de la Policía Metropolitana de Santa Marta.
Según el reporte que publicó la entidad, el intendente Julio Gaspar Hernández López, intendente jefe Alex Cruz Pedraza y el capitán Billy Rubén Andrews Junco irán a juicio tras estar involucrados en la salida del empresario de su centro de detención sin alguna autorización para que fuera trasladado a la clínica Perfect Body, en la capital de la Magdalena.
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Al estar en una condición de indiciado, Vives estaba a cargo de la Fiscalía General de la Nación, razón por la cual, detalló el órgano de control, el intendente Hernández López, que estaba ejerciendo como jefe de turno del Centro de Traslado por Protección de la Policía Metropolitana de Santa Marta, no tenía ningún permiso para permitirle la salida hacia el centro médico en un carro particular.
Para efectuar el traslado se necesitaba una autorización del fiscal séptimo seccional URI, a cargo del caso luego de que el sindicado fuera capturado en flagrancia tras protagonizar el accidente de tránsito, así como una emergencia médica, requisitos que nunca llegaron al despacho de las autoridades competentes.
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Además, desde la Procuraduría se indagó sobre la participación del intendente Cruz Pedraza que, para la fecha en la que se registraron los hechos, era el responsable superior de los reclusos en los Centros de Traslado por Protección en Santa Marta, razón por la cual es investigado aludiendo a que no supervisó la salida del detenido a bordo de un carro particular.
También se formularon cargos contra el capitán Andrews Junco debido a que, teniendo en cuenta su condición de comandante de la Subestación de Policía Gaira, lugar donde se registraron los hechos, tuvo que haberse acogido al “protocolo para la aplicación de las medidas de traslado por protección”, texto redactado por la Policía Nacional.
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El órgano de control detalló en que el intendente Hernández López incidió en una conducta grave a título de dolo, mientras que en el caso del intendente jefe Cruz Pedraza y el capitán Andrews fue una falta grave a título de culpa gravísima, además de indicar que no se siguieron los protocolos adecuados durante el traslado del sindicado.
“De otra parte, el Ministerio Público manifestó que, a pesar de que Vives Caballero conoció oportunamente la realización de la audiencia prevista para el 16 de septiembre de 2021 en la Clínica Perfect Body, el hoy condenado abandonó este centro médico y fue llevado a la fundación FUSAM, donde los médicos legistas constataron su estado de salud, el cual no ameritaba compromiso grave que justificara el desconocimiento de los protocolos policiales”, señaló la Procuraduría.
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A través de un comunicado de prensa emitido en septiembre de 2021, el órgano de control había manifestado que abriría una investigación en contra de los policías que capturaron, custodiaron y posteriormente judicializaron a Vives Caballero, buscando esclarecer los hechos en los que el sujeto cometió el siniestro vial.
“El ente de control busca establecer la existencia de presuntas faltas disciplinarias relacionadas supuestas irregularidades en el procedimiento realizado por los miembros de la Policía Nacional al momento de la captura de Vives Caballero y su disposición ante el juez de conocimiento”, señalaron desde la Procuraduría en aquella oportunidad.
Enrique Vives Caballero fue condenado a siete años (92 meses) de prisión luego de que reconociera su responsabilidad y se comprometiera a ofrecer disculpas e indemnizar a los familiares de los fallecidos, además de un joven que resultó lesionado entregando 1.715 millones de pesos a través de la aseguradora, que repartió el dinero dependiendo de las necesidades y características de cada una de las víctimas de este hecho.
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