
El Consejo Gremial Nacional (CGN), que reúne 32 gremios del país, hizo varias advertencias sobre el proyecto de reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro, cuya base es un sistema de cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y ahorro voluntario.
Por medio de un documento que se le hizo llegar a los congresistas ponentes del mismo, insistió que dicho proyecto de ley, tal como está, traerá efectos negativos.
En este, conocido por El Tiempo, se insiste en la necesidad urgente de conocer los aspectos que tiene en cuenta el Gobierno nacional para establecer la viabilidad y sostenibilidad fiscal requeridas para que los propósitos de los pilares solidario, semi-contributivo y contributivo puedan hacerse efectivos, en consideración de los empresarios y los análisis las cuentas no dan para cumplir los objetivos trazados en el proyecto.
Además, los empresarios mencionaron tres puntos que los inquietan sobre el pilar solidario y están relacionados con el origen de los recursos para cubrir ese pago, cómo se garantizará la protección al adulto mayor y si ese pilar está contemplado dentro de las estimaciones del pasivo pensional.
Según este, el pilar solidario podría interpretarse como un subsidio que depende de la disponibilidad presupuesta de cada año y del programa de gobierno, lo que puede generar incertidumbre frente a la permanencia de este pilar en el tiempo.
Frente al Fondo de Ahorro que se plantea en dicha iniciativa, el CGN enfatizó en que mediante la ley se garantice que este, cuente con un gobierno institucional y un estatuto de inversiones que le permita ser administrado en condiciones de mercado, con la rentabilidad como objetivo.
Así las cosas, ven necesario ahorrar la totalidad de las cotizaciones que pasen de los fondos de pensiones a Colpensiones, debido a que es la única forma de moderar la carga que se le deja a las generaciones futuras. “Bajo la redacción actual esto no ocurre”, aseguraron los empresarios.

Umbral del pilar contributivo
En el documento conocido por dicho medio, el Consejo Gremial insistió en modificar el umbral contributivo para este pilar, el cual está en tres salarios mínimos mensuales vigentes, y la propuesta propone que se reduzca entre uno y dos salarios mínimos.
Los empresarios aseguraron que modificar el umbral mejora la equidad y reduce el costo fiscal de la reforma en 20 % del Producto Interno Bruto (PIB) en valor presente, en concordancia con lo expuesto por el Comité Autónomo de la Regla Fiscal (Carf). Para este punto, es de anotar que entre más alto sea el umbral, mayores serán los subsidios que reciban todas las pensiones que se liquiden por encima de dicho umbral.
De igual forma, los empresarios manifestaron que con la reforma el 88% de los trabajadores, que son los que tienen ingresos de hasta tres salarios mínimos, pierden la libertad de elección, ya que estarán sujetos a hacer aportes a Colpensiones aun cuando diferentes preferencias.
Sobre esto sugirieron permitir que los trabajadores tengan la alternativa de hacer las cotizaciones a entidades públicas o privadas bajo las mismas reglas de juego. Así, el umbral de cotizaciones se puede mantener a la hora de liquidar la pensión, haciendo explícitos hasta ese momento los subsidios que hoy están implícitos.
Seguro previsional y rentas vitalicias
Informó El Tiempo que en el documento del CGN, en lo referido al seguro previsional y las rentas vitalicias, se advierte sobre el requerimiento de una mayor claridad sobre las condiciones, coberturas, adjudicación y tarifas. Al respecto, se argumenta que esto es indispensable para estimar las obligaciones que serían asumidas por las compañías de seguros y garantizar la sostenibilidad del seguro en el largo plazo.
Otro aspecto es el relacionado con la cotización por días. Los empresarios apuntaron que en el texto del proyecto radicado se indica que una cuarta parte del salario mínimo será el ingreso base para calcular la cotización mínima (cotización mínima semanal) y que la cotización diaria se hará en proporción al salario mínimo diario “cuando la actividad y la regulación así lo permita”.
Frente a esto, alertaron que en el texto no se establece a qué regulación se hace referencia o si será reglamentado luego por el Gobierno nacional, lo que sería inaplicable para la cotización por días.
También adujeron la necesidad de establecer parámetros claros que permitan cotizar por el tiempo trabajado por trabajadores dependientes e independientes a tiempo parcial, por días u horas, o con ingresos menores a un salario mínimo para que el ingreso base de cotización, además de tener en consideración los días laborados, también tenga en cuenta los ingresos.
El CGN también subrayó que es fundamental aclarar que la habilitación de cotización por períodos inferiores a un mes debería también contemplarse dentro del proyecto de reforma laboral, en la medida que estas son dos reformas que deben sincronizarse bajo un único sistema de seguridad social, permitiendo aumentar los índices de formalización laboral en el país.
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