
Este impuesto es un cargo que los colombianos deben pagar al Estado según el monto de los ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias del año anterior en este caso (2022). El impuesto varía para las personas naturales ya sean empleados o independientes.
Para que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) calcule cada uno de estos dineros se debe hacer la declaración de renta que consta de la información que se le proporciona a esa entidad para que ella suministre al usuario cuánto debe pagar basándose en su información financiera.
Las personas naturales que cumplan alguna de las siguientes condiciones deberán declarar renta en este 2023; que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000, los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sea igual o superior a $53.206.000, los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000, el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000 o que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000.

Cómo hacer el proceso
- Inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) y actualizar la información.
- Registrar la responsabilidad (5): impuesto sobre la renta y complementario, régimen ordinario.
- Ingresar a los servicios en línea de la DIAN y activar la firma electrónica o generarla para el cumplimiento de obligaciones, operaciones y trámites.
- Diligenciar todos los documentos requeridos para la declaración de renta.
- Hacer el pago correspondiente.

Guía para la declaración de renta para persona natural
- Ingresar a la página www.dian.gov.co ubicar el menú transaccional y dar clic en la opción ‘Usuario Registrado’.
- Cuando se despliegan varias opciones se opta por ‘A nombre propio’, se diligencian cada uno de los campos y se ingresa al portal.
- Se debe ubicar en ‘Diligenciar y presentar formulario 2010′, seleccionar el año en el que se presenta y dar clic en crear.
- Responder cada una de las preguntas de la plataforma y dirigirse a la esquina inferior derecha un botón naranja con un (+) seleccionar y luego guardar.
- Firmar la declaración de renta, si cuenta con firma electrónica se puede anexar seleccionando el botón ‘firmar’ y luego ‘autorizar’.
- Generar una clave dinámica que va a llegar al correo electrónico que se registró en la sección ‘Comunicados del Portal Transaccional’.
- Ingresar la clave dinámica en el campo correspondiente.
- Escribir la contraseña y dar clic en la opción firmar. Al finalizar el proceso de la firma electrónica se presiona el botón naranja y luego se selecciona ‘presentar’.
- Tras hacer el cargue de documento el sistema informará al usuario que el documento está presentado, nuevamente se selecciona el ícono (+) y se puede acceder al PDF del formulario que se envió con la marca de agua ‘recibido’.
- En el caso de las personas que no tienen firma electrónica: seleccionar la opción PDF del documento definido e imprimir dos copias en una impresora láser y firmar la declaración.
- Es importante tener a la mano una copia del RUT para hacer la presentación y para hacer el pago en la entidad bancaria autorizada.
Para resolver otros interrogantes de la declaración de renta la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales comparte este material multimedia para los interesados en hacer efectiva la declaración del presente año.
Documentos requeridos para la declaración
- Copia del certificado de inscripción en el RUT debidamente actualizado.
- Declaración o estado de cuenta, de impuesto predial de los bienes inmuebles que posea.
- Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de los vehículos.
- Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo en general.

Es necesario tener en cuenta los plazos para declarar y pagar renta porque esto dependerá de los últimos dos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), el cual es asignado por la DIAN para identificar a los contribuyentes. De ahí que, las personas naturales podrán ejecutar de forma oportuna su declaración de renta entre el 9 de agosto hasta el 19 de octubre de 2023, según su NIT.
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