Esta es la multa por no portar el kit de carretera: qué elementos debe llevar

El artículo 30 agregó que ningún vehículo podrá circular “por las vías urbanas” portando defensas rígidas diferentes de las instaladas originalmente por el fabricante

Guardar
el artículo que define y
el artículo que define y explica los elementos necesarios para la conformación del Kit reglamentario es el Artículo 30, el cual expone que equipos de prevención y seguridad debe portar el automóvil a demás precisa que "Ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional sin portar (...) el equipo de carretera como mínimo”. Cortesía: Colprensa

La conmemoración de la Semana Santa es una temporada donde muchos colombianos aprovechan los días feriados para salir a viajar, visitar templos religiosos, zonas exclusivas para la peregrinación o en otros casos para un merecido descanso.

Ante esta práctica, muchas personas se disponen a viajar en familia o con amigos a través de vehículos particulares. Sin embargo, en varios casos no ratifican los elementos de seguridad (kit de carretera) que debe portar el vehículo antes de disponerse a salir y recorrer las vías del país.

Según lo anterior, el artículo que define y explica los elementos necesarios para la conformación del Kit reglamentario es el “Artículo 30″, el cual expone que equipos de prevención y seguridad debe portar el automóvil, además precisa que “Ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional sin portar (…) el equipo de carretera como mínimo”.

A su vez, el Código Nacional de Transporte Terrestre detalló que la multa por no portar adecuadamente el kit de carretera es de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, lo que corresponde a $580.000.00 (en 2023).

Qué debe llevar el kit de carretera

Conforme al artículo 30 del Código Nacional de Tránsito Terrestre los elementos que debe tener como mínimo son:

  • Un gato con capacidad para elevar el vehículo.
  • Una cruceta.
  • Dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello.
  • Un botiquín de primeros auxilios.
  • Un extintor.
  • Dos tacos para bloquear el vehículo.
  • Caja de herramienta básica que como mínimo deberá contener: Alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.
  • Llanta de repuesto.
  • Linterna.

Además, El artículo 30 agregó que ningún vehículo podrá circular “por las vías urbanas” portando defensas rígidas diferentes de las instaladas originalmente por el fabricante.

Qué vehículos debe portar el kit de carretera

Son muchas las dudas que surgen sobre qué automotores deben portar por determinación de la ley el kit de carretera. Según lo señalado en el artículo 30, la obligación debe ser cumplida por los propietarios de los vehículos.

La confusión que se genera en este punto, es por parte de los usuarios y propietarios de las motocicletas, que nace desde la misma determinación que se especifica en el Artículo 2 ‘Definiciones’ sobre el concepto de vehículo (en la cual se añade a las motos).

““Vehículo: Todo aparato montado sobre ruedas que permite el transporte de personas, animales o cosas de un punto a otro por vía terrestre pública o privada abierta al público”, precisa el Artículo 2 del Código de Tránsito.

De acuerdo con la circular número 20174230471821 del Ministerio de Transporte, se detalló que la motocicleta, según dicha definición, es también un vehículo, aunque con algunas características de dimensiones y peso diferentes a las de un automóvil.

Por tal razón, debe entenderse dicha disposición de una manera lógica " “pues la totalidad de los elementos a que se refiere el artículo 30 de la citada norma no son aplicable a la motocicleta por sus características diferenciadas de otra clase de vehículo”.

Qué elementos de seguridad deben portar los motociclistas

A partir de lo anterior y con el fin de prevenir posibles emergencias en las vías del territorio nacional, el Ministerio de Transporte a través de la circular añadió una serie de elementos que según sus dimensiones y especificaciones pueden ser de uso apropiado para actividades de mantenimiento:

  • Alicate.
  • Destornilladores.
  • Llave de expansión.
  • Llaves fijas.
  • Guaya.

Otros elementos adicionales que podría cargar son:

  • Pinzas o tenazas.
  • Punzón.
  • Aguja con punzón.
  • Mechas o tiras de caucho.
  • Cuchilla.
  • Botellas de aire comprimido.
  • Adaptador de las botellas de aire.
  • Estuche de viaje.

Más Noticias

Petro anuncia fin de subsidios a la gasolina y limita exportación de carne para proteger la economía familiar

El presidente explicó que las medidas buscan sanear las finanzas públicas, garantizar la oferta interna de alimentos y evitar aumentos en los precios que afecten a los hogares

Petro anuncia fin de subsidios

“Hay riesgo de infiltración armada”: organizaciones alertan por elecciones comunales en Antioquia

Organizaciones sociales denunciaron posibles intentos de infiltración de grupos armados en las elecciones de Juntas de Acción Comunal en Antioquia, en medio de asesinatos de líderes sociales

“Hay riesgo de infiltración armada”:

Gobierno Petro liquidará EPS en quiebra y no asumirá deuda de $50 billones tras caída de reforma a la salud

El presidente recalcó que la decisión está relacionada con la suspensión del decreto que buscaba reorganizar territorialmente a los afiliados y optimizar la operación de las EPS. Además, anunció que el proyecto de reforma a la salud será presentado nuevamente en la próxima legislatura

Gobierno Petro liquidará EPS en

Remezón en el Ejército: tres generales son llamados a calificar servicios en medio de investigaciones

Para la comandancia de la IV División, se proyecta la llegada del general Yor William Cotua, luego de que Ricardo Roque deje su cargo junto a Luis Fernando Salgado y Jorge Ricardo Hernández

Remezón en el Ejército: tres

“Más de $282.000 millones para emprendedores”: SENA abre 12 convocatorias en Colombia con capital semilla

El SENA lanzó 12 convocatorias del Fondo Emprender con más de $282.000 millones para financiar negocios en Colombia, dirigidas a jóvenes, mujeres y comunidades vulnerables

“Más de $282.000 millones para
MÁS NOTICIAS