Deudores alimentarios no podrán acceder a cargos públicos en Hidalgo

Colectivos feministas y madres celebraron la medida con la que se busca asegurar que deudores alimentarios morosos no puedan acceder a puesto de poder

Compartir
Compartir articulo
Cabe señalar que incluso la presidenta del Senado de la República se expresó  en contra del posicionamiento de la CNDH “están violentando los derechos de los menores de edad” dijo en agosto de este año. (Foto: Cuartoscuro)
Cabe señalar que incluso la presidenta del Senado de la República se expresó en contra del posicionamiento de la CNDH “están violentando los derechos de los menores de edad” dijo en agosto de este año. (Foto: Cuartoscuro)

Dos acciones de inconstitucionalidad en favor de las personas deudoras de pensión alimentaria promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) fueron desechadas por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la tarde del pasado 04 de octubre.

Esto luego de que desde la comisión se demandara la invalidez de dos artículos de distintas dependencias de gobierno del estado de Hidalgo.

El primero es el artículo 31, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública estatal. Dicho artículo plantea que para acceder al cargo de Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo se requiere: “no ser deudora o deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele esa deuda, o bien, tramite el descuento correspondiente”.

La Corte analizó lo planteado por la Comisión, y finalmente, los ministros votaron por la validez del artículo y desecharon lo señalado por la CNDH.

Pensión alimenticia (Foto: Cuartoscuro)
Pensión alimenticia (Foto: Cuartoscuro)

La misma resolución se tomó para el artículo 20, fracción V, de la Ley Orgánica de la Administración Pública de Hidalgo, en donde se establece que “se debe cumplir con el requisito consistente en no ser deudora o deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele esa deuda, o bien, tramite el descuento correspondiente”.

Cabe mencionar dentro de los votos, destacó a postutra de los ministros que se exprersaron en favor del documento de la CNDH: Juan Luis González Alcántara Carrancá y Javier Laynez Potisek, ya que ambos han sido señalados como deudores alimentarios, lo que desató críticas de organizaciones civiles y colectivos feministas.

Sin embargo, celebraron que el tribunal falló en favor de la validez de los artículos, tal es el caso del Frente Nacional de Mujeres.

Acusan a CNDH de “defender” a personas deudoras de pensión

Ante el posicionamiento renuente, la CNDH ha sido acusada de “defender” a las personas deudoras de pensión alimentaria, situación que la institución ha negado, argumentando que los requisitos solicitados (como en el caso de Hidalgo) implican la “segregación o exclusión” de los mismos en el sector público, como fuente de empleo, hecho que “podría poner en riesgo la satisfacción plena de la obligación alimentaria”.

Al respecto, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, consideró que no es la ley la que les impide a los deudores alimentarios morosos ejercer su derecho a un nombramiento, sino su propia decisión de desamparar a las personas con las que tiene tales responsabilidades. A la par aseguró que la “omisión de la mayor relevancia social, acerca de la cual este Tribunal Pleno ha establecido que válidamente puede dar lugar no solo a sanciones civiles , sino también a las de naturaleza penal”.

Cabe señalar que además del Hidalgo, el 7 de julio de este año, la CNDH también presentóa la SCJN una acción de inconstitucionalidad (98/2022), esta vez, en contra de artículos de diversas leyes y ordenamientos del estado de Yucatán.

Dichas leyes establecen como requisito no ser deudor alimentario moroso para ser titular de la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos de la entidad; aspirante a candidata o candidato independiente y titular de las dependencias o entidades que integran la Administración Pública local.

Puesto que consideraron que dichos requisitos son “discriminatorios y coloca a las personas aspirantes en inseguridad jurídica”.

En tanto, la postura de la CNDH no ha pasado desapercibida por otras dependencias publicas, luego de que la titular de la CNDH, Rosario Piedra Ibarra promoviera dichas acciones con las que se permitiría a deudores de alimentos a ocupar cargos de elección popular o en el servicio público, la presidenta del Senado de la República Olga Sánchez Cordero se dijo molesta sorprendida e indignada ante dicha petición.

Esto, según señaló, “es una acción que avala la violencia ejercida por los hombres que no pagan alimentos, hecho que es una clara agresión a niños y niñas”.

SEGUIR LEYENDO: