
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) establece que son considerados “actos anticipados de campaña”, aquellas expresiones que se realicen bajo cualquier modalidad, y en cualquier momento, fuera de la etapa de campañas, los cuales contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido.
El presidente del partido, Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Mario Delgado, fue claro al decir que el evento en Toluca, Estado de México, sería el inicio del proceso para la elección de 2024, en la que buscan mantener a la Cuarta Transformación al frente de la Presidencia de la República.
Las tres “corcholatas” que ha mencionado, repetidamente, el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), se presentaron en el templete para manifestar sus aspiraciones electorales y llamaron al voto a favor del proyecto de la Cuarta Transformación que encabeza Morena.
Claudia Sheinbaum, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México; Marcelo Ebrard, secretario de Relaciones Exteriores y Adán Augusto López, secretario de Gobernación, hicieron públicas sus aspiraciones presidenciales, en un abierto acto proselitista, donde cada quien llevó sus porras, además de llenar de anuncios espectaculares a la capital mexiquense.

El artículo 445 de la Ley Electoral indica que constituyen infracciones de los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular la realización de actos anticipados de precampaña o campaña.
En este acto multitudinario, participaron todas las figuras de Morena en el Gabinete, Congreso Federal y los gobernadores, además de los tres aspirantes a la gubernatura del Estado de México: Delfina Gómez, secretaria de Educación Pública; Higinio Martínez, senador de la República y Horacio Duarte, titular de la Administración de Aduanas, en una clara señal de carrera electoral para quitar del poder al PRI.
Una de las voces más críticas contra este evento multitudinario, en el que Morena mostró todo su músculo electoral fue desde el interior del propio movimiento, pues el senador Ricardo Monreal sostuvo que este mitin puede ser considerado como un acto adelantado de campaña.

“Dice el órgano jurisdiccional, el principio de prohibir los actos anticipados de campaña es para garantizar el principio de equidad en la contienda, para evitar que una opción política, dentro de un partido, o dentro del régimen de partidos se beneficien con una ventaja indebida, dado que no hay campañas ni hay precampañas, pero sí hay promoción anticipada”, declaró el senador zacatecano.
La Legipe señala que los actos anticipados de precampaña son las expresiones que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento durante el lapso que va desde el inicio del proceso electoral hasta antes del plazo legal para el inicio de las precampañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una precandidatura.
En este sentido se debe tener en cuenta que el proceso electoral de 2024, en el que estará en juego la Presidencia de la República, iniciará hasta septiembre del 2023, es decir luego de que concluyan las elecciones en Estado de México y Coahuila, de los cuales tampoco se ha lanzado aún la convocatoria.
Las sanciones posibles, según la ley

La Ley Electoral establece como posibles sanciones a los actos anticipados de precampaña o campaña con una amonestación pública o una multa, según la gravedad de la falta.
El artículo 456 indica que la sanción puede ir más allá, dependiendo de la gravedad de la violación con la suspensión o cancelación del registro al Partido Político, que en el primer caso no podrá ser menor a seis meses.
Respecto de los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular, también pueden llevarse una amonestación pública y una multa económica.
También podrían sufrir la pérdida del derecho a ser registrado como candidato o, en su caso, si ya está hecho el registro, con la cancelación del mismo.
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