
Durante el período de veda electoral establecido en el proceso de revocación de mandato, 16 gobernadores de México difundieron propaganda gubernamental, lo cual se considera una violación a la Constitución Federal.
Felipe de la Mata Pizaña, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) publicó el proyecto de resolución en el cual se confirmó la existencia de un total de 98 ilícitos constitucionales, entre los que se encuentran la difusión de propaganda gubernamental, la promoción personalizada y la vulneración al principio de neutralidad.
Las y los gobernadores involucrados en estas infracciones son:
- Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la CDMX: 16 ilícitos
- José Ricardo Gallardo Cardona, Gobernador de San Luís Potosí: 13 ilícitos
- Rutilio Cruz Escandón Cadenas, gobernador de Chiapas: 10 ilícitos
- Rubén Rocha Moya, Gobernador de Sinaloa: 10 ilícitos
- Marina del Pilar Ávila Olmeda, Gobernadora de Baja California: 9 ilícitos
- Francisco Alfonso Durazo Montaño, Gobernador del Estado de Sonora: 9 ilícitos
- Alfredo Ramírez Bedolla, Gobernador de Michoacán: 7 ilícitos
- Cuauhtémoc Blanco Bravo, Gobernador de Morelos: 6 ilícitos
- Carlos Manuel Merino Campos, Gobernador interino de Tabasco: 5 ilícitos
- Miguel Ángel Navarro Quintero, Gobernador de Nayarit: 4 ilícitos
- Cuitláhuac García Jiménez, Gobernador de Veracruz: 3 ilícitos
- Indira Vizcaino Silva, Gobernadora del Estado de Colima: 2 ilícitos
- Evelyn Cecia Salgado Pineda, Gobernadora de Guerrero: 1 ilícito
- Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, Gobernador de Puebla: 1 ilícito
- Layda Elena Sansores San Román, Gobernadora de Campeche: 1 ilícito
- Lorena Cuéllar Cisneros, Gobernadora de Tlaxcala: 1 ilícito

El Tribunal Electoral, en su calidad de máxima autoridad en la materia, determinó que los actos en que incurrieron estos gobernantes implican un quebrantamiento al orden jurídico; sin embargo, hay factores a considerar para determinar las sanciones correspondientes.
En primer lugar, este caso implica a un gran número de servidores públicos. En adición a ello, las normas que violaron son del ámbito electoral y, finalmente, estas conductas se presentaron en repetidas ocasiones. Por estas razones, el TEPJF solicitó la participación del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) para establecer las consecuencias jurídicas que estos funcionarios tendrán por violar la Constitución.
Todo esto surgió por una demanda que interpuso el partido Movimiento Ciudadano contra las y los gobernadores mencionados al considerar que habían incurrido en prácticas como la difusión de propaganda durante un período prohibido como es la veda electoral, así como el uso indebido de recursos públicos, transgresión al principio de imparcialidad y promoción personalizada.
Esta resolución se suma a una anterior que había determinado el TEPJF en contra de Mario Delgado, presidente de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), por promover, indebidamente, la consulta de revocación de mandato.

Los motivos por los cuales el Tribunal Electoral decidió imponer una sanción a Delgado y a Morena fueron unos videos publicados en los perfiles de Facebook y Twitter del funcionario, así como en la página de Youtube La 4TV. Dichos materiales, señaló la autoridad, promocionaron indebidamente la revocación, violentaron el interés superior de los menores y significaron una falta al deber de cuidado de Morena.
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