CDMX: estos son los descuentos en el pago del predial y suministro de agua en 2022

Los contribuyentes que abonen estos impuestos por anticipado, en los meses de enero y febrero, obtendrán ventajas fiscales, según confirmó la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) del gobierno capitalino

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(Foto: Christian Serna/Cuartoscuro)
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La Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) de la Ciudad de México informó que los contribuyentes ya pueden abonar los impuestos del predial y suministro de agua correspondientes a 2022, y obtener descuentos por pago anticipado.

El predial es un gravamen que toda persona propietaria de un inmueble debe asumir, sin importar el uso que le dé a la vivienda, ya sea hogar, local, oficina, etc. Se abona en los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre, sin embargo, quienes desembolsen los bimestres por adelantado pueden obtener beneficios fiscales.

Para el 2022, la dependencia estatal ofrecerá descuentos a los derechohabientes que efectúen el pago del predial anual en los meses de enero y febrero. Los estímulos serán los siguientes:

- Descuento del 8%, para quienes realicen el pago en enero.

- Descuento del 5%, para quienes abonen el pago en febrero.

Además, los inmuebles que presenten daños estructurales ocasionados por grietas obtendrán de nuevo una condonación en el impuesto predial que irá del 50 al 100%. Mientras que los adultos mayores, jubilados o pensionados pagan una cuota fija de 55 pesos bimestrales. Para ello, deben darse de alta en descuentopredial.cdmx.gob.mx.

Descuentos para adultos mayores en el pago del predial

Las condiciones para inscribirse en el programa de descuentos para adultos mayores, jubilados y pensionados se establecen en los artículos 281 y 282 del Código Fiscal de la CDMX. Estos determinan que:

- Artículo 281: podrán acceder a ese beneficio fiscal todos los contribuyentes que sean propietarios de un inmueble cuyo valor catastral no exceda de dos millones 212 mil 737 pesos, siempre que el uso de la vivienda sea exclusivamente habitacional. Además, el propietario deberá ser jubilado o pensionado (por cesantía en edad avanzada, vejez, incapacidad, riesgos de trabajo, invalidez, viuda o huérfano pensionado, mujer separada, mujer divorciada, jefa de hogar, madre soltera o persona con discapacidad permanente).

- Artículo 282: también podrán inscribirse los contribuyentes que sean propietarios de un inmueble cuyo valor catastral no exceda de 2,212.737 pesos, siempre que la vivienda sea exclusivamente para uso habitacional y el dueño sea un adulto mayor sin ingresos fijos y escasos recursos.

A esos grupos se les ofrece una condonación parcial del predial y el 100% de recargos, multas y gastos de ejecución.

- Además, existe un tercer grupo que puede inscribirse para obtener un 30% en el pago del impuesto predial. Se trata de los contribuyentes que tengan un inmueble cuyo valor catastral exceda los dos millones 217 mil 737 pesos, pero que acrediten ser: jubilado o pensionado (por cesantía en edad avanzada, por vejez, por incapacidad por riesgos de trabajo, por invalidez, viuda pensionada o huérfano pensionado o adulto mayor sin ingresos fijos y escasos recursos).

(Foto: Christian Serna/Cuartoscuro)
(Foto: Christian Serna/Cuartoscuro)

Los adultos mayores que se encuentren en alguno de esos tres grupos, deberán cumplimentar su inscripción en línea, en la página descuentopredial.cdmx.gob.mx, y adjuntar los siguientes documentos:

* Boleta predial.

* Identificación oficial vigente con fotografía.

* CURP del contribuyente.

* Documento con fotografía con el que acredita su condición conforme al artículo 281, 282 o la condonación del 30%.

* Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a seis meses y a nombre del contribuyente (luz, telefonía fija, recibo de gas, de cuenta bancaria, boleta predial o de agua):

* Descargar, llenar y firmar el manifiesto correspondiente y remitirlo en formato pdf:

Cuota bimestral de 55 pesos (reducción del Impuesto predial por artículo 281 del CFCDMX).

Cuota bimestral de 55 pesos (reducción del impuesto predial por artículo 282 del CFCDMX).

30% de condonación del impuesto predial.

Para descargar los manifiestos, haz clic en este enlace y desciende con el cursor hasta el número 6.

* Correo electrónico para recibir notificaciones.

 (Foto: Cuartoscuro)
(Foto: Cuartoscuro)

¿Dónde realizar el pago del predial?

El impuesto puede abonarse de forma anticipada en los kioscos de la tesorería de la Ciudad de México, de lunes a domingo, en un horario de 09:00 a 20:00 horas. Puedes consultar su ubicación haciendo clic aquí. También puede efectuarse en bancos, tiendas departamentales y tiendas de conveniencia. En total, hay más de 8,600 centros repartidos por toda la capital.

Además, es posible realizar el pago de forma electrónica, en el sitio web ovica.finanzas.cdmx.gob.mx/adeudos, o en la App Tesorería CDMX.

Descuentos en el pago del agua

Los contribuyentes también obtendrán beneficios fiscales si efectúan de forma anticipada el pago por suministro de agua. La rebaja será del 50% para los predios con bajo consumo, que se encuentren en zonas de vulnerables y estén al corriente de pagos.

Además, en enero de 2022 se aprobarán susidios para las colonias que no hayan recibido el servicio de forma adecuada, o que sufran históricamente falta de agua, como Iztapalapa.

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