
Este miércoles 8 de diciembre, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), informó que los comisionados que conforman el pleno decidieron, por unanimidad, interponer una Controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del acuerdo que dictamina a las obras de infraestructura del Gobierno Federal como materia de seguridad nacional.
La decisión llega tras el aviso de realizar un estudio a fondo sobre el acuerdo publicado por el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se obliga a todas las dependencias federales a aprobar los proyectos del Gobierno, considerados ahora de seguridad nacional.
El “decretazo” impulsado por Andrés Manuel López Obrador (AMLO) fue catalogado por la institución como un acuerdo que viola los principios y derechos de transparencia en México, por lo que se procederá a la siguiente fase legal para intentar desacreditar o modificarlo.

El acuerdo publicado el pasado 22 de noviembre incluye proyectos u obras ligados a los sectores de telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos y aeropuertos; además de aquellos que “por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios o estratégicos para el desarrollo nacional”.
Durante la sesión pública ordinaria que se llevó a cabo durante el medio día, la comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, detalló que desde la publicación del acuerdo “hemos advertido que comporta una serie de probables vicios de inconstitucionalidad”, ya que figura como un “obstáculo a la aplicación del principio de máxima publicidad en la medida en que dificulta la difusión y entrega de información relacionada con proyectos de infraestructura”.
Uno de los principales ejes en los que se fundamentó la controversia constitucional radica en el artículo 108 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, donde se especifica que “no se pueden emitir acuerdos de carácter general ni particular que clasifiquen documentos o información como reservada”, principal punto a cuestionar del “decretazo” impulsado por AMLO.

Para que esta clasificación estuviera apegada al marco legal, resultaría necesario que cumplieran con los siguientes puntos:
“Uno: La divulgación de la información representa un riesgo real demostrable o identificable de perjuicio significativo al interés público o a la seguridad nacional.
Dos: El riesgo de perjuicio que supondría la divulgación supera el interés público de que se difunda.
Tres: La limitación se adecua al principio de proporcionalidad y representa el medio menos restrictivo disponible para evitar el perjuicio”.
El INAI considera que el acuerdo establece un régimen que haría innecesarias estas formalidades, ya que da por entendido su carácter de seguridad nacional cualquier obra del Gobierno Federal y la información que contienen no podría ser revelada al público general.

Tras llevarse a cabo la exposición de argumentos y su respectiva votación, se determinó de manera unánime que se solicitara una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La finalidad de este recurso es solicitar la invalidación de normas generales o actos emitidos por órganos de poder que invalidan la esfera de competencia que la Carta Magna prevé para preservar el sistema federal, pues de acuerdo con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), “la controversia constitucional es un medio de control jurisdiccional, diseñado para preservar la división de poderes, tanto horizontal como vertical”.
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