
La Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, el canciller mexicano Marcelo Ebrad, entre otros funcionarios del Gobierno Federal anunciaron las medidas de regularización del flujo de migrantes con la entrega de la Tarjeta de Visitante Regional (TVR) con la que se busca la protección y control de personas que transitan por el país.
A las personas indocumentadas se les ofrecerá dicho documento, sin embargo en caso de rechazarlo podrían ser repatriados.
"Los últimos días hemos tenido una inclusión de migrantes al país principalmente de Cuba, Honduras, y otros países provenientes de África y Asia, que han arribado en cantidades inusuales", aceptó la Secretaria de Gobernación.
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Asimismo señaló que están tomando medidas precautorias para la propia protección de los migrantes, tener un control y revisar los estatus de asilo de quienes transitan por el país.
"Estamos haciendo todo lo que está en nuestras manos para brindarles ayuda humanitaria (a los migrantes), lo que pedimos es respetar nuestras leyes y nuestras autoridades, aceptar el registro como la condición de revisar su estatus de asilo", detallló Sánchez Cordero.
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Por su parte Tonatiuh Guillén, titular del Instituto Nacional de Migración, explicó que lo que buscan es: "mantener el control de nuestra frontera sur y no es una opción sino una obligación del Estado mexicano".
Requisitos para tramitar la Tarjeta de Visitante Regional (TVR)
El Instituto Nacional de Migración (INM) dio a coniocer los requisitos para otorgar la Tarjeta de Visitante Regional (TVR) con la que se podrá ingresar por tiempo limitado a la frontera sur de México de manera fácil y segura.
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"Por su seguridad personal y la de sus familiares, lo mejor para ingresar a México es hacerlo de manera documentada. Con la TVR tendrán una estancia legal en el país para visitar por siete días en cada entrada, todos los municipios de los cuatro estados de Frontera Sur: Chiapas, Campeche, Tabasco y Quintana Roo. La TVR tiene una vigencia de 5 años", se manifestó.

Beneficios:
Entradas y salidas múltiples en los estados de la frontera sur (Campeche, Chiapas, Tabasco y Quintana Roo).
Transitar o visitar hasta por siete días las poblaciones de los estados mencionados.
La TVR es gratuita.
Tiene una vigencia de 5 años.
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Adultos que residen legalmente en Guatemala deberán presentar:
Original y copia del documento personal de identificación (DPI) o del pasaporte guatemalteco, válido y vigente (en buenas condiciones). Los extranjeros residentes permanentes en Guatemala deberán presentar el documento personal de identificación (DPI) que los acredite como residentes permanentes (color rosa).
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Tres fotografías tipo infantil (tamaño 2.5 x 3.0 cm.), dos de frente y una de perfil derecho de la cara, con fondo blanco, la frente y las orejas descubiertas, sin aretes y sin anteojos. No se aceptan fotografías instantáneas de mala calidad.
Personas menores de edad, se debe cumplir con los siguientes requisitos:
Original y copia del acta de nacimiento de reciente expedición (máximo de seis meses). Deberá estar apostillada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Guatemala.
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Tres fotografías tipo infantil (tamaño 2.5 x 3.0 cm.), dos de frente y una de perfil derecho de la cara, con fondo blanco, la frente y las orejas descubiertas, sin aretes y sin anteojos. No se aceptan fotografías instantáneas de mala calidad.
Acreditar ante la oficina del INM la autorización para expedir la TVR por parte del padre y la madre que aparecen en el acta de nacimiento del menor, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
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Presentarse el padre y la madre que aparecen en el acta de nacimiento del menor, con original y copia de su identificación, y autorizar personalmente la expedición de la TVR.
Cuando alguno de los padres que aparecen en el acta de nacimiento del menor, no pueda asistir a las oficinas del INM, se requiere autorización expresa para la expedición de la TVR ante notario (registrado en la
Representación Consular mexicana correspondiente), que deberá ser apostillada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Guatemala.
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En caso de que alguno de los padres que aparecen en el acta de nacimiento del menor, no esté localizable, se requiere la decisión de un juez que sustituya la autorización del progenitor ausente, que deberá ser apostillada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Guatemala.
Si ha fallecido alguno de los padres que aparecen en el acta de nacimiento del menor, deberá presentarse el acta de defunción expedida por oficina del Registro Nacional de las Personas, la cual deberá ser apostillada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Guatemala.
Con la TVR no podrá realizar actividades que le generen remuneración económica en México.
Para mayor información, comuníquese desde Guatemala al 00 (502) 2420 3400 o visita los puntos de internación autorizados. También puede ingresar a esta página web.
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