
El próximo domingo 8 de marzo, millones de colombianos están llamados a las urnas para definir la composición del Congreso de la República para el periodo 2026-2030. La jornada electoral incluirá no sólo la elección de senadores y representantes a la Cámara, sino también consultas interpartidistas que delinearán las candidaturas presidenciales de cara a las elecciones previstas para el 31 de mayo.
Elegir a quienes ocuparán cargos decisivos en la estructura del Estado representa, en palabras de diversos especialistas en participación ciudadana, una de las formas más directas de incidir en el rumbo colectivo de la nación. La Constitución Política de Colombia de 1991 consagra el sufragio como un derecho y un deber ciudadano.
Además, ejercer el voto permite acceder a beneficios tangibles, desconocidos para muchos, que pueden facilitar el acceso a la educación, mejorar oportunidades de empleo y simplificar la gestión de trámites personales.

¿Cuáles son los beneficios de votar?
Además de definir el rumbo político del país, quienes participan en las elecciones reciben un certificado electoral al emitir su voto. Este documento habilita el acceso a una serie de beneficios inmediatos y de mediano plazo. Entre los más importantes se encuentran:
1. Prelación en exámenes de ingreso a educación superior: si un aspirante obtiene el mismo puntaje que otro en los exámenes de admisión a instituciones públicas o privadas de educación superior, haber votado le otorga prioridad al momento de definir el ingreso.
2. Medio día de descanso compensatorio remunerado: quienes presentan el certificado electoral tienen derecho a disfrutar de medio día libre, con pago, en su lugar de trabajo.
3. Reducción en el servicio militar: quienes voten en las elecciones inmediatamente anteriores al reclutamiento en el servicio militar tendrán derecho a una rebaja de un mes en el tiempo de prestación de este servicio, cuando se trate de soldados bachilleres o auxiliares de policía bachilleres. Para soldados campesinos o regulares, la rebaja es de dos meses.

4. Prioridad en becas, subsidios y empleos de carrera con el Estado: el certificado electoral otorga una prelación en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones, estrictamente establecidas en un concurso abierto. Esta prioridad también aplica en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
5. Descuento en matrícula universitaria: los estudiantes de instituciones oficiales de educación superior que hayan votado pueden obtener un descuento del 10% en el costo de la matrícula.
6. Rebaja en la expedición del pasaporte: durante los cuatro años siguientes a la elección y por una sola vez, quienes presenten el certificado electoral pueden acceder a un descuento del 10% en el valor de la expedición del pasaporte.
7. Descuento en trámites de documentos oficiales: el mismo beneficio del 10% aplica para el trámite inicial y la expedición de duplicados de la libreta militar. También para duplicados de la cédula de ciudadanía (del segundo en adelante).

Preguntas frecuentes ante la jornada electoral
A medida que se aproxima la fecha de las elecciones, surgen dudas recurrentes entre los colombianos. Si un ciudadano se equivoca al marcar alguna de las tarjetas electorales, deberá devolverla al jurado y solicitar una nueva. El jurado verificará que la tarjeta corresponda a la previamente entregada, escribirá la palabra “inservible” sobre ella, la depositará en el sobre negro de material sobrante e inservible y entregará al ciudadano una nueva tarjeta electoral debidamente firmada.
En el caso de Bogotá, solo pueden ejercer su derecho al voto en Corferias los ciudadanos que tengan inscrita su cédula de ciudadanía en este puesto de votación. Los ciudadanos pueden consultar su lugar de votación en la página web de la Registraduría Nacional y en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita.

El horario de votación es otro aspecto esencial: las urnas cierran exactamente a las 04:00 pm. Por lo tanto, ningún ciudadano podrá votar después de esta hora, excepto aquellos que, al momento del cierre, hayan entregado la cédula a los jurados de votación.
Por último, quienes deseen votar en la consulta de precandidatos a la presidencia de la República del próximo 8 de marzo, deben solicitar la tarjeta electoral al jurado de votación. Los votantes deberán marcar una sola opción en toda la tarjeta electoral. Si marcan más de un precandidato, el voto será anulado.
La Registraduría Nacional del Estado Civil invita a la ciudadanía a informarse y a hacer uso de los beneficios que otorga el ejercicio del voto. Para quienes deseen resolver otras inquietudes pueden consultar aquí.
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