Una mujer ganó una demanda de 5 millones de dólares contra una compañía de seguros por haber contraído una ETS al tener sexo en un auto

La demandante afirma que su expareja sabía que tenía VPH y se lo ocultó, pero como el contagio fue en el automóvil la empresa debe indemnizarla

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La demandante afirma que contrajo la enfermedad de transmisión sexual en un auto y por eso la compañía de seguros debe pagarle
La demandante afirma que contrajo la enfermedad de transmisión sexual en un auto y por eso la compañía de seguros debe pagarle

Un tribunal de Missouri (EEUU) dictó una sentencia de 5.2 millones de dólares contra una compañía de seguros en el caso de una mujer del condado de Jackson que afirmó que, sin darse cuenta, contrajo una enfermedad de transmisión sexual de su ex pareja romántica en su automóvil.

En una opinión emitida el martes, un panel de tres jueces determinó que la sentencia dictada contra Geico General Insurance Company a través de procedimientos de arbitraje anteriores era válida. Las compañías de seguros intentaron deshacer la acción, alegando que se cometieron errores en el Tribunal de Circuito del Condado de Jackson y que el acuerdo no se realizó de acuerdo con la ley de Missouri.

Según los documentos judiciales, la mujer, identificada en los registros judiciales solo como MO, notificó a Geico en febrero de 2021 su intención de solicitar una indemnización monetaria, alegando que contrajo el VPH, el virus del papiloma humano, de un miembro asegurado en su automóvil. Ella afirmó que el hombre hizo que ella se infectara con la ETS a pesar de estar al tanto de su condición y los riesgos del sexo sin protección.

La compañía trata de anular la decisión judicial que la obliga a pagar 5.2 millones de dólares afirmando que la pretensión de la demandante no está cubierta en la poliza del seguro
La compañía trata de anular la decisión judicial que la obliga a pagar 5.2 millones de dólares afirmando que la pretensión de la demandante no está cubierta en la poliza del seguro

La compañía de seguros rechazó el acuerdo y envió el caso a arbitraje.

En mayo de 2021, el árbitro determinó que el hombre y la mujer tuvieron relaciones sexuales dentro de su vehículo que “causaron directamente o contribuyeron directamente a causar” la infección por VPH. El hombre fue declarado responsable por no revelar su estado de infección y la mujer recibió 5,2 millones de dólares por daños y perjuicios que pagará Geico.

La compañía de seguros presentó mociones solicitando una nueva audiencia de pruebas y que se desestimara el laudo, alegando que la sentencia violaba los derechos de la compañía al debido proceso y que el acuerdo de arbitraje era inaplicable. La empresa apeló después de que esas solicitudes fueran denegadas.

El panel de tres jueces encargado de revisar el caso encontró que el tribunal inferior no cometió un error al negar las mociones de la compañía, diciendo que GEICO no tenía derecho a “relitigar esos problemas” una vez que se determinaron los daños y se dictó una sentencia.

Sin embargo, el juez Tom Chapman estuvo de acuerdo en una opinión separada y dijo que cree que a Geico no se le ofreció “ninguna oportunidad significativa de participar” en la demanda y la ley existente “relega a la aseguradora al estado de un espectador”.

En un caso judicial federal relacionado, Geico impugna la idea de que la reclamación esté cubierta por su póliza de seguro. El resultado de ese caso determinaría si la empresa realmente tiene que pagar el acuerdo.

Tras la decisión judicial la empresa decidió impugnar el fallo argumentando que la reclamación de la mujer no está cubierta dentro de la póliza de su ex parajea.

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