
La reunión que tenía programada el expresidente César Gaviria con los miembros del Partido Liberal para explicarles los motivos por los cuales no quiere que se vote a favor del proyecto de reforma tributaria del presidente Gustavo Petro, quedó aplazada para este miércoles 19 de octubre.
Esta cumbre liberal estaba programada para la noche de este martes 18 de octubre en el Hotel La Ópera, en Bogotá, pero la falta de confirmación de algunos congresistas impidió que se celebrara la misma.
Desde la bancada consideran que esta es una citación oficial y estatutaria de las bancadas conjuntas y por eso es necesario que estén todos los miembros del partido.
En las horas de la tarde, previo a la cita aplazada, Gaviria compartió un documento de 17 páginas en la que desmenuzó 11 puntos del proyecto de ley en los que no está de acuerdo.
El primer punto tiene que ver con las personas naturales. En este resaltan que si bien se amplía la deducción por personas a cargo (dependientes) a un monto anual cercano a los 10 millones de pesos, se reducen sustancialmente los beneficios por ahorro en fondos de pensiones, intereses para adquisición de vivienda y la renta exenta del 25 % a que tienen derecho las personas naturales.
Explica la bancada liberal que, como resultado de lo anterior, las personas con ingresos inferiores a 10 millones de pesos obtendrán una reducción de la tributación y las personas con ingresos superiores a este monto tendrán un incremento de la tributación que se concentra especialmente en personas con ingreso mensual entre 15 millones y 75 millones de pesos.
En cuanto a la sobretasa del impuesto de renta para las actividades de extracción de minerales (petróleo, gas, carbón, entre otros), el cual ha sido uno de los más polémicos, anotó que el proyecto propone que la actividad de extracción de minerales se someta a una tasa del impuesto de renta del 45 % en el año 2023, del 42,5 % en el año 2024 y del 40 % del 2025 en adelante.
Según lo que explicó, se incrementa la tarifa del impuesto de renta para las sociedades que perciban ingresos por las actividades de extracción de hidrocarburos y minerales, tarifa que se aplicará a las personas jurídicas que en conjunto con las compañías vinculadas tengan una renta gravable igual o superior a 1.900 millones de pesos.
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