
El estudio, que se publicó el pasado 9 de junio de 2022, señaló que cerca del 33 por ciento de la planta docente oficial está en la provisionalidad, ya que son contratados según las necesidades puntuales de los planteles educativos a nivel nacional y que, dada la medida temporal, no deben cumplir con la aprobación del concurso de méritos requerido por el Estado para ser docentes oficiales.
Actualmente, el estatuto que rige la contratación de los profesores es el 1278 del 2002, a pesar de que entre ellos hay un gran número que fue contratado antes de este año y que se encuentra laborando actualmente, bien sea porque no se han pensionado o porque no se han retirado del ejercicio de sus labores.
Para el año 2020 había un total de 135.526 maestros contratados bajo el Decreto 2277 de 1979, estatuto que regía la contratación de los profesores hasta antes del 2002, esto representa un 41 por ciento del profesorado vinculado mediante el antiguo mecanismo; mientras que 184.028 docentes fueron contratados luego del 2002 bajo el estatuto 1.278, lo que representa una planta docente oficial del 55 por ciento.
Es válido precisar que existen cuatro modalidades de contratación para los educadores: en propiedad, periodo de prueba, planta provisional temporal y planta provisional definitiva. La primera corresponde a los docentes nombrados por medio de concurso de méritos y son aquellos que aprobaron el periodo de prueba, cuentan con contrato a término indefinido. En la segunda están los docentes nombrados por concurso de méritos y que están en periodo de prueba con menos de cuatro meses laborando. Y por último, están los provisionales, que suplen las vacantes de planta definitiva o temporal.
Lo ideal, para garantizar una estabilidad económica para los maestros y en aras de ofrecer una óptima calidad en la educación, es que la figura de provisionalidad dure lo menos posible, mientras se ocupa la vacante temporalmente. Pero lo cierto es que para el año de 2020 el personal vinculado al escalafón docente del decreto 1278 de 2002 como provisional representan aproximadamente el 33 por ciento del total de la planta docente:

Un tema que preocupa, en el marco del estudio, refiere a la profundidad de los saberes que los docentes tengan en los conocimientos específicos, pues para aplicar a las vacantes temporales ofrecidas por el Estado no es necesario pasar por el proceso de aprobación de méritos, lo que impide tener la certeza de que el personal contratado cuenta con los conocimientos que se requieren para la enseñanza de las materias que últimas impartirán como profesores.
Los educadores que ocupan las vacantes temporales se encuentran en una gran mayoría dictando materias correspondientes a nivel de bachillerato o educación media. Pues de acuerdo al estudio presentado por el Laboratorio de Economía de la Educación de la Universidad Javeriana el 52,72 por ciento del personal provisional está en la educación básica secundaria y media, mientras que el 37,63 por ciento se encuentra en la educación básica primaria.

El estudio concluye asegurando que la provisionalidad es una figura importante que le permite al Estado contratar al profesorado rápidamente mientras se hace el nombramiento en propiedad. Sin embargo, la calidad en la educación podría verse afectada porque no hay una garantía real de los conocimientos específicos de los docentes contratados y por una eventual falta de motivación que genera la provisionalidad.
Como planteamiento importante, el estudio señala que “sería fundamental generar acciones para limitar los tiempos que una vacante dura con docentes provisionales y motivar que se lleven las vacantes a través de los concursos de mérito”.
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