¡Atención! Corte Internacional de Justicia concluyó que Colombia sí violó los derechos de Nicaragua

Sin embargo, instaron a que haya una negociación para que los pescadores de las comunidades raizales puedan continuar con sus actividades

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En noviembre de 2012, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) confirmó la soberanía colombiana de siete cayos cercanos a las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, pero le dio a Nicaragua una porción de mar mayor de la que tenía anteriormente. EFE/Mauricio Dueñas/Archivo
En noviembre de 2012, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) confirmó la soberanía colombiana de siete cayos cercanos a las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, pero le dio a Nicaragua una porción de mar mayor de la que tenía anteriormente. EFE/Mauricio Dueñas/Archivo

Desde las 10 de la mañana en La Haya (Países Bajos), 3 de la mañana en Colombia, en la Corte Internacional de Justicia comenzaron a leer el fallo respecto al litigio con Nicaragua que en 2017 demandó al país por realizar incursiones en el área marítima que desde el 2016 corresponde al país centroamericano.

Aunque en el tribunal consideraron que efectivamente hubo una violación de los derechos de esa nación sobre esa porción de mar, instaron a que haya una negociación para que se le permita a los pescadores raizales tener acceso a la zona nicaragüense.

Sobre este tema, sin embargo, señalaron que no había una documentación suficiente para considerar que se trataba de una actividad ancestral como se argumentó desde Colombia, y que tampoco se ha podido verificar que esta comunidad haya sido excluida para pescar en la zona marítima.

Según Nicaragua, la Armada Nacional colombiana sigue operando en aguas del mar Caribe que ya no hacen parte de su jurisdicción. Además, dicen que la emisión del Decreto 1946 de 2013, en el que se establece la Zona Contigua Integral del Archipiélago, el Gobierno de Colombia omite los cambios que debieron ocurrir en el mapa tras el fallo.

Como respuesta a esta demanda, Colombia contrademandó a Nicaragua. Según la Cancillería colombiana, “Nicaragua ha violado los derechos de pesca artesanal de los habitantes del Archipiélago, en particular de la comunidad raizal, para acceder y explotar sus bancos de pesca tradicionales”.

Además, según Colombia, Nicaragua habría expedido un decreto en su propia legislación que sería contrario al derecho internacional y estaría buscando añadir aún más áreas marinas de las que ya había ganado en el tribunal, en detrimento de Colombia.

No obstante, la Corte confirmó que el Estado colombiano incumplió con su obligación internacional de respetar la jurisdicción nicaragüense y ha estado interfiriéndola con las actividades de pesca, investigación marítima y sobre embarcaciones de ese país.

Tampoco en el tribunal internacional lograron comprobar que por parte de la fuerza naval de Colombia se haya trasgredido los derechos de Nicaragua, pese a que sí señalaron que hubo una violación de la soberanía del país centroamericano en su zona marítima.

No le concedieron, además, al régimen de Daniel Ortega la pretensión de establecer una límite lineal para establecer su zona territorial porque se le estaría impidiendo a Colombia ejercer su derecho de navegación y sobrevuelo.

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