
Después del auge que tuvo el dióxido de cloro a través de redes sociales, por supuestamente ayudar a prevenir el contagio de covid-19 en el país, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) realizó una investigación en el mercado nacional sobre la venta de este producto. En sus indagaciones, halló que este se encontraba siendo comercializado a través de distintas páginas de internet, por lo que ordenó la prohibición de la venta del dióxido de cloro y productos similares a través del comercio electrónico en Colombia.
Según explicó la autoridad de protección al consumidor, atendiendo a la información suministrada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) de que dichos productos pueden generar efectos adversos en la salud en las personas, la SIC ordenó a los sitios web: https://amigosdeverdad.org/ y https://cdscolombia.com, a retirar todas las publicaciones que tienen sobre dióxido de cloro, ya que le atribuyen propiedades antimicrobianas, antivirales y antibacterianas.
“Retirar de manera inmediata todas las publicaciones del producto “Dióxido de Cloro – CDS” y otros similares o equivalentes, al cual le atribuye bondades de sanación y/o prevención del COVID-19 y de ciertas enfermedades, mientras se adelanta la correspondiente actuación administrativa.”, detalló la entidad.
La Superintendencia de Industria y Comercio, así mismo solicitó a ambas empresas a detener de manera inmediata la comercialización de ambos productos a través de internet, además de solicitarles el nombre o razón social y datos del contacto del laboratorio que produce el dióxido de cloro que ofrecen a través de internet.
“Remitir los datos del administrador y/o propietario del sitio web https://cdscolombia.com/ (...) e informar si el “Dióxido de Cloro” que ofrece cuenta con registro sanitario expedido por el INVIMA.”, explicó la Superintendencia.
La SIC igualmente le requirió a las empresas entregar los documentos, ya sean técnicos o científicos, donde se sustenta que el producto químico tiene propiedades sanatorias o preventivas contra el covid-19.
De acuerdo con la autoridad de protección al consumidor, en el caso de que las empresas no atiendan a las solicitudes hechas por la SIC, estas podrían recibir multas de hasta 1.000 SMMLV. De igual manera, la Superintendencia indicó que de encontrar “información engañosa o insuficiente” que pueda afectar la salud de los ciudadanos, ambas organizaciones quedarían expuestas a sanciones de hasta 2.000 salarios mínimos mensuales vigentes.
La SIC, también hizo un llamado a Facebook para que suspenda todas las publicaciones que aparecen en la sección “Marketplace”, en las cuales se ofrece el dióxido de cloro y productos similares. La autoridad nacional así mismo solicitó a la red social que les entregue todos los datos de las personas o empresas que realizaron dichas publicaciones.
“Estas órdenes y la solicitud a la mencionada red social, se suman a las 27 órdenes impartidas a la fecha por la Superintendencia de Industria y Comercio, con el fin de proteger a los consumidores para que estos accedan a productos seguros, que no pongan en riesgo su salud e integridad física, teniendo en cuenta las advertencias que, sobre el producto “Dióxido de Cloro – CDS” y otros similares o equivalentes, han realizado autoridades como el INVIMA, e internacionales como la Administración de Alimentos y Drogas de los Estados Unidos de Norteamérica (FDA)”, señaló la SIC.
En el momento, entre las empresas o personas a las que se les ha impartido estas órdenes de retirar la publicidad o comercialización del dióxido de cloro, están Mercado Libre Colombia LTDA, OLX Colombia SAS, y Natalia París. Aquí el listado completo:

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