
Panamá quiere dar un nuevo impulso a la fabricación local de medicamentos mediante una reforma legal que busca crear condiciones específicas para el desarrollo de laboratorios nacionales, incentivar inversiones y reducir parte de la dependencia de productos importados.
La iniciativa también introduce cambios en los procesos de contratación pública y establece requisitos para acceder a los beneficios destinados a la industria farmacéutica nacional.
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El anteproyecto 123 fue presentado por el diputado Crispiano Adames el pasado 6 de agosto y permanece pendiente de prohijamiento en la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional.
Su objetivo declarado es promover el desarrollo, fortalecimiento y competitividad del sector mediante producción local, innovación tecnológica y mayor capacidad de los laboratorios establecidos en Panamá.
La propuesta parte de modificaciones a la Ley 419 del 1 de febrero de 2024, que regula los medicamentos y otros productos para la salud humana, además de su adquisición por las instituciones pública

Adames sostiene que, aunque esa normativa introdujo cambios en los procesos de compra y registro, no desarrolló suficientemente mecanismos dirigidos a estimular la producción nacional de medicinas.
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Uno de los primeros cambios apunta a una clasificación que, según la exposición de motivos, data de hace más de 60 años.
El texto busca diferenciar claramente los laboratorios farmacéuticos de medicamentos de aquellos dedicados a productos químicos no medicinales, para evitar que incentivos diseñados para fabricantes de medicinas terminen siendo utilizados por actividades distintas.
La nueva definición consideraría laboratorio farmacéutico de medicamentos al establecimiento dedicado a la fabricación, preparación, importación, investigación, desarrollo o comercialización de medicinas y productos vinculados con la salud humana o veterinaria.
En otra categoría quedarían los establecimientos que elaboren productos químicos sin finalidad medicinal, incluidos artículos de perfumería, cosméticos y desinfectantes.

La apuesta ocurre mientras el sector muestra una creciente capacidad para colocar productos fuera del país. Entre 2020 y el primer semestre de 2026, Panamá exportó más de $241 millones en medicamentos, de acuerdo con las cifras suministradas para esta nota.
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Las ventas se aceleraron después de la pandemia, particularmente hacia mercados de Centroamérica, mostrando el potencial de una actividad industrial que el proyecto pretende ampliar.
En su exposición de motivos, Adames argumenta que aumentar la fabricación local permitiría generar empleos especializados, facilitar transferencia tecnológica y formar talento en áreas científicas y técnicas.
El planteamiento también vincula esta actividad con la diversificación de la matriz productiva y con la posibilidad de que Panamá aproveche su posición geográfica para convertirse en un centro regional y logístico de medicamentos.
El documento coloca además el abastecimiento como uno de los argumentos centrales. Panamá ha enfrentado, según la propuesta, dependencia de proveedores extranjeros, variaciones de precios internacionales y vulnerabilidades en las cadenas globales de suministro.
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Una mayor capacidad instalada permitiría responder a interrupciones logísticas o restricciones externas y, según los promotores, mejorar la disponibilidad de medicamentos esenciales durante situaciones de crisis.
Sin embargo, los beneficios no quedarían abiertos a cualquier empresa. El proyecto establece que los incentivos para la industria nacional se aplicarían exclusivamente a laboratorios constituidos bajo las leyes panameñas cuyos beneficiarios finales sean, como mínimo, 80% de nacionalidad panameña.
También deberán estar inscritos en la Caja de Seguro Social y mantener al día sus obligaciones con la institución.
La iniciativa va más allá de los incentivos industriales y modifica varios procedimientos para las compras públicas de medicamentos. Propone una compra menor ágil hasta $50,000 y contratación menor hasta $70,000, mientras que desde esa última cifra se utilizaría la licitación pública.
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Para operaciones desde $500,000 y consideradas de alta complejidad se contempla la licitación por mejor valor, además de subasta en reversa, precio único y convenio marco.
También cambiarían los tiempos mínimos para publicar las convocatorias. Para compras de hasta $70,000 serían cuatro días hábiles antes del acto público; entre $70,000 y $500,000, cinco días; desde $500,000 hasta $2 millones, 15 días, y cuando la contratación supere los $2 millones el plazo mínimo sería de 20 días hábiles.
Otro componente endurece las consecuencias frente a incumplimientos contractuales. La competencia para imponer sanciones recaería en el representante legal de la entidad contratante o el funcionario en quien se delegue esa responsabilidad.
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Los contratistas podrían recibir multas o quedar inhabilitados para contratar con instituciones sujetas a la ley, dependiendo de la gravedad, reincidencia y consecuencias de la infracción.
En casos graves o muy graves, la propuesta abre incluso la posibilidad de extender la inhabilitación al grupo empresarial y a compañías relacionadas cuando se compruebe dolo, vinculación con hechos delictivos o daños a la vida, salud o integridad de las personas.
El Ejecutivo tendría posteriormente que reglamentar cómo se determinará esa vinculación empresarial y la progresión de las sanciones.

Para Adames, fortalecer la producción local permitiría al Estado disponer de proveedores cercanos ante emergencias sanitarias y garantizar la continuidad de tratamientos, además de reducir costos asociados a la dependencia externa.
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El reto será que los incentivos se traduzcan efectivamente en nueva capacidad industrial, inversión y competencia, y no solamente en ventajas regulatorias para empresas existentes. La propuesta deberá superar todavía los tres debates legislativos antes de convertirse en ley.
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