La Justicia de El Salvador rechazó un recurso que objetaba la reelección de Bukele

El Tribunal Supremo consideró que la petición era inadmisible ya que era difusa y la descartó, como ya ha hecho en otras oportunidades

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La Justicia de El Salvador
La Justicia de El Salvador rechazó un recurso que objetaba la reelección de Bukele (REUTERS)

La Justicia de El Salvador se mantiene firme en la defensa del presidente Nayib Bukele, que buscará la reelección en los comicios del año próximo.

En ese sentido, este viernes el Tribunal Supremo Electoral (TSE) declaró inadmisible una solicitud presentada por un grupo de abogados en la que le pedían declarar inaplicable la resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema que, según la interpretación de la Justicia, permite la reelección inmediata del actual mandatario.

El abogado Rafael Garciaguirre, uno de los letrados que presentó el recurso, repudió la decisión del Tribunal y los argumentos brindados.

“Nos declara inadmisible la petición argumentando que es difusa la petición”, dijo en una rueda de prensa y sumó que la decisión del TSE carece de “elementos de juicio para comprender que esta resolución es apegada al derecho y a la Constitución”.

El abogado sostiene que su
El abogado sostiene que su recurso está apegado al derecho y a la Constitución (REUTERS)

A raíz de la reciente definición, Garciaguirre aseguró que no se darán por vencidos y presentarán un recurso de apelación “a sabiendas de que el mismo Tribunal lo va a declarar inadmisible”, además de considerar apoyo en instancias internacionales.

La justificación de Bukele para competir por un segundo mandato, y otros cinco años en la Casa Presidencial, se basa en la sentencia que la Sala emitió en septiembre de 2021, en la que los magistrados presentaron un cambio en el criterio sobre la sucesión de los períodos.

Según asentaron entonces los jueces, la prohibición de la reelección inmediata es aplicable en aquellos gobernantes que hayan estado en el poder por 10 años, es decir, dos períodos. Hasta ese momento, sentencias anteriores habían fallado que un mandatario debía terminar su período de cinco años y esperar 10 para aspirar nuevamente a la Presidencia.

La modificación de la Sala
La modificación de la Sala estableció que la prohibición de la reelección inmediata es aplicable en aquellos gobernantes que hayan estado en el poder por 10 años, es decir, dos períodos (EFE)

Sin embargo, gracias a la modificación de los jueces, señalados por Estados Unidos de serle “leales” y cuya elección en el Congreso derivó de un proceso irregular, Bukele anunció el pasado septiembre su intención de buscar la reelección y, posteriormente, el 26 de junio de este año, inscribió su precandidatura en el partido.

“Comunicamos al pueblo salvadoreño que el presidente Nayib Bukele y el vicepresidente Félix Ulloa ya están inscritos como precandidatos para presidente y vicepresidente de la República de El Salvador, en el partido más grande de la historia”, comunicó la agrupación Nuevas Ideas en sus redes sociales.

Así, Bukele se convirtió en el primero de la etapa democrática del país en aspirar a un segundo mandato inmediato.

Bukele es el primer presidente
Bukele es el primer presidente de la etapa democrática del país en aspirar a un segundo mandato inmediato (Europa Press)

La decisión de Bukele suscitó críticas de varios abogados y hasta de la Facultad de Jurisprudencia de la estatal Universidad de El Salvador (UES), que han advertido que de concretarse sus anuncios se daría una violación de varios artículos de la Constitución, entre ellos, aquel que señala que la persona que haya ejercido la Presidencia no podrá “continuar en sus funciones ni un día más”.

No obstante, el mandatario contaría con un as bajo la manga que le permitiría librarse de todas las objeciones. Según recogió la emisora peruana RPP, el jefe de la bancada parlamentaria de su partido, Christian Guevara, deslizó sus intenciones de renunciar al cargo seis meses antes de concluir su mandato -es decir, el primero de diciembre- y, de esta manera, desligarse del argumento de que el Presidente puede “optar a la reelección toda vez que no ejerciera el cargo seis meses antes de concluir su mandato” y “no podrán ser candidatos quienes hayan desempeñado la Presidencia por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.

(Con información de EFE)

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