
Contrario a lo ocurrido con la Ley de Oportunidades, el informe de la Unidad de Técnica Legislativa informó que la reforma tributaria presentada por el gobierno el pasado 28 de octubre de 2021 cumplió con lo dispuesto en materia de procedimiento legislativo y aprobó su trámite.
Además de este proyecto de ley, también se aprobará el proceso de proforma del presupuesto para el 2022, y, en ambos casos, los legisladores tienen 30 días votar según la Constitución ecuatoriana.
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La fecha límite para la reforma tributaria etiquetada por la urgencia económica es el 27 de noviembre. La fecha límite para observar, aprobar o improbar el presupuesto del próximo año es el 30 de noviembre.
Ambas maniobras legislativas muestran que el presidente Guillermo Lasso está licuando los bloqueos legislativos que se presentaban a inicios del mes pasado. Por ahora, los poderes ejecutivo y legislativo deben negociar la aprobación de ambas iniciativas.
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El Proyecto de Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, que la Asamblea Nacional debe tratar en un plazo improrrogable de 30 días, es el primero de los tres proyectos propuestos por el Gobierno Nacional en sustitución de un primer intento de ley ómnibus que fuera rechazado por la legislatura. Así el presidente aceptó la demanda planteada por el órgano legislativo de no enviar un paquete completo, sino de enviarlo según sus materias de regulación. Por ahora el Ejecutivo planteó la reforma tributaria y fiscal, después lo hará con una nueva ley laboral y finalmente presentará la normativa en materia de inversiones.
Además de los mencionados hay muchos otros temas que deben discutirse y se requiere destrabar la hostil relación entre Ejecutivo y Asamblea, precisamente porque durante todo el mes pasado se consideró la posibilidad de disolver anticipadamente los poderes representativos del Estado como fórmula para destrabar el bloqueo institucional.
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Sobre la insistida posibilidad de disolver anticipadamente los poderes representativos del Estado, el presidente Lasso prometió que por ahora dejará la idea de la muerte cruzada en la constitución y elegirá el camino del diálogo para implementar su proyecto de ley. “Dejémosla en la Constitución, por ahora que esté en la Constitución”, respondió el mandatario a una pregunta que se le planteara en una entrevista, cuando fue requerida su posición sobre si aún contempla activar la herramienta constitucional para disolver la legislatura en caso de parálisis institucional.
Ecuador soporta una crisis económica empeorada con la pandemia y el nuevo gobierno, en funciones desde mayo, espera superarla con amplias reformas que los sindicatos y los frentes sociales han criticado por su impacto en los grupos vulnerables. El gobierno manifestó que, bajo la nueva planificación fiscal, el 96,6% de la población económicamente activa no afectará, pues los principales esfuerzos recaerán en personas con ingresos mensuales superiores a los USD 5.000, o que tengan activos de más de 1 millón además de las mayores empresas del país.
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Según el gobierno ecuatoriano, aquellos con un salario mensual entre USD 2.000 y USD 5.000 harán una contribución en función de su nivel de ingresos. También se propuso que, dentro de dos años, los activos de las empresas más grandes, de mayor solvencia y superiores a los USD 5 millones contribuyan con un impuesto 0,8% a sus patrimonios.
En comparación con el proyecto inicial, las nuevas reformas fiscales del gobierno consideraron mayores contribuciones, especialmente para las personas y empresas con ingresos superiores a los USD 100.000.
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Se prevé que el proyecto recaude USD 1.800 millones en impuestos durante los próximos dos años, es decir, USD 300 millones más de lo que el gobierno esperaba recaudar con el proyecto que inicialmente fue rechazado por la legislatura hace casi un mes.
Para lograr el nuevo objetivo, se realizaron dos cambios considerables: el primero está relacionado con el pago del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Inicialmente, se propuso una tabla que iba del 5% al 35%. El segundo cambio se relaciona con el aporte sobre patrimonios altos de personas naturales.
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