
La causa por el choque fatal ocurrido el pasado 8 de junio sobre la ruta provincial 88, en cercanías a la ciudad de Miramar, en la Costa Atlántica de la provincia de Buenos Aires, tuvo un giro en las últimas horas: tras conocerse el resultado de la pericia accidentológica, llevada a cabo en el lugar del hecho, y el examen toxicológico practicado al cuerpo de una de las víctimas, fue liberado, por falta de mérito, el caminero Raúl Alejandro Lozano García, quien había sido imputado por el siniestro.
Según precisa la resolución del juez de Garantías Daniel De Marco a la que accedió Infobae, el médico Diego Quirós, fallecido junto a su hijastro Iñaki Mendizábal, las dos víctimas fatales del accidente vial, tenía cocaína en sangre al momento del accidente y circulaba con exceso de velocidad.
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De esta manera, el juez De Marco resolvió que las conductas atribuidas a Lozano García al mando del camión no resultaron determinantes para la producción del desenlace fatal. La resolución analizó de manera exhaustiva los resultados derivados tanto de las pericias accidentológicas como toxicológicas, incorporadas al expediente de la causa.
El choque sucedió en el kilómetro 43 de la ruta provincial 88, a la altura del establecimiento “La Ballenera”, sobre la calzada que conecta Mar del Plata con Necochea. El expediente describe que el camión Mercedes Benz L1114 manejado por Lozano García presentaba diversas deficiencias: no tenía la revisión técnica vehicular (VTV) vigente, circulaba con una notoria falta de mantenimiento, carecía de luces laterales y traseras en funcionamiento y exhibía cintas reflectivas muy desgastadas. Además, el imputado no poseía licencia de conducir habilitante y transportaba cereal con deficiencias en las condiciones del acoplado.
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Según consta en la causa, Lozano García detuvo el camión fuera de la antigua planta semillera, poco antes del choque, para revisar la carga y, minutos después, se produjo la colisión con el Mercedes Benz conducido por Quirós. Declaraciones testimoniales reunidas en el expediente confirmaron estas circunstancias logísticas y temporales.
Un dato considerado clave por la Justicia fuer el resultado de la pericia toxicológica, que arrojó la presencia de restos de cocaína (benzoilecgonina) en la sangre de Quirós, extraída horas después del siniestro.
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Asimismo, el informe accidentológico determinó que el médico circulaba a una velocidad muy superior a la permitida para ese tramo de la ruta. Según la resolución judicial, “la atribución de responsabilidad al imputado por las infracciones al deber de cuidado (conducir sin licencia habilitante y sin VTV) constituyen infracciones a las normas, pero no resultaron determinantes en la producción del accidente”.
Tras una primera excarcelación, Lozano García fue detenido nuevamente cuando la Cámara departamental revocó esa medida a pedido del fiscal Rodolfo Moure y del particular damnificado. Posteriormente, con la incorporación de las nuevas pruebas periciales, la situación procesal cambió por completo. La investigación dejó en claro que la conducta de Quirós habría sido la variable definitoria en la dinámica del impacto contra el camión.
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En el expediente judicial se incluyeron croquis, informes accidentológicos, declaraciones de peritos e informes técnicos sobre el estado de los vehículos.
Dentro de las consideraciones, el magistrado evaluó que no era posible establecer con el grado de certeza requerido en esta instancia que las fallas del camión, o las omisiones del conductor, fueran la causa directa y necesaria de la tragedia. “No resulta lícito afirmar, con el nivel requerido por esta instancia, que las infracciones atribuidas a Lozano García hayan sido determinantes para la producción del accidente fatal”, reza el documento.
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La resolución también subraya la falta de elementos que indiquen riesgo procesal, fuga o entorpecimiento probatorio por parte del imputado. En ese marco, De Marco formalizó la liberación de Lozano García y le restituyó la libertad desde su lugar de detención, al verificar que no existían otros impedimentos legales.
Durante el desarrollo del proceso, la fiscalía impulsó en reiteradas oportunidades la prisión preventiva del camionero, mientras que las defensas solicitaron diversas diligencias y enfatizaron una supuesta mayor culpabilidad. Sin embargo, argumentaciones como la declaración testimonial de quien observó el exceso de velocidad y la presencia de restos de cocaína en el conductor fallecido resultaron decisivas en la continuidad del caso.
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El Juzgado de Garantías dejó en manos de la fiscalía y las partes la continuación de la producción de pruebas y la evaluación de responsabilizar con nuevas figuras penales a quienes corresponda, según surja de la reconstrucción integral del hecho.
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