
La comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado, que comanda el legislador libertario Juan Carlos Pagotto (La Rioja), firmó esta tarde los dictámenes de dos iniciativas: una que activa penas de hasta 15 años por entrega de niños, mientras que la segunda declara duelo nacional el 18 de julio, en homenaje a las víctimas del atentado contra la AMIA.
El primer proyecto, que es impulsado por la legisladora radical Carolina Losada (Santa Fe) y está atado a la actualidad del caso Loan -el niño que desapareció en Corrientes-, impondrá “prisión de tres (3) a diez (10) años al que reciba y a quien entregue un niño o niña, haya mediado o no precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación”.
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La propuesta reprimirá “con prisión de cinco (5) a quince (15) años quien facilitare, promoviere o de cualquier modo intermediare en la perpetración de los delitos” relacionados con este tema, que se encuentran en el Código Penal.
Por otra parte, “el funcionario o empleado público, profesional o personal de la salud, abogado, encargado de la educación o de la guarda de la persona menor de edad, o miembro de organizaciones especializadas en adopción que, en el ejercicio de su actividad, incurriere o participare de cualquier modo en alguna de las conductas previstas en este capítulo, será reprimido con prisión de tres (3) a diez (10) años y se le aplicará la accesoria de inhabilitación especial por el doble del tiempo que el de la condena”.
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Además, la escala penal prevista “podrá reducirse en un tercio (1/3) del máximo y en la mitad del mínimo si antes de la iniciación del proceso o durante su sustanciación la persona imputada proporcionare información útil que permita conocer la identidad del que hubiere recibido a una persona menor de edad, intermediado, promovido o facilitado la comisión de este delito, o que permita dar con el parentesco correspondiente a la persona menor de edad”.

En los fundamentos, la legisladora santafecina recordó: “Debido a la falta de convocatorias a Sesiones Ordinarias de la anterior gestión de este Honorable Senado -en referencia a Cristina Kirchner- el dictamen conjunto sobre tipificación de ‘compra’ y ‘venta’ de niños acordado con fecha 19/10/22 (S-404/21, S-1232/22 Y PE-106/22. 06-02-2024) caducó por renovación bienal del cuerpo. Se trata de una problemática sumamente grave y aún sigue siendo una gran deuda para nuestra sociedad”.
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Durante la reunión, realizada en el salón Arturo Illia de la Cámara alta, se escucharon algunas advertencias sobre intenciones para modificar el Código Penal de manera exprés y un potencial desfase de penas entre los delitos que trata la iniciativa en comparación con otros más graves.
El segundo proyecto dictaminado por la comisión de Justicia declara “el 18 de julio de cada año como Día de Duelo Nacional, en homenaje a las víctimas del atentado terrorista perpetrado el 18 de julio de 1994 en la sede de la Asociación Israelita Argentina (AMIA) contra la República Argentina”. Ya fue aprobado por Diputados, por lo que podría quedar sancionado en caso de tratarse en la próxima sesión.
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La iniciativa establece que el 18 de julio, “la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en los edificios y lugares públicos” y que “el Ministerio de Educación, mediante el Consejo Federal de Educación, en coordinación con las autoridades educativas de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, dispondrá los medios necesarios a fin de que los establecimientos de educación pública primarios y secundarios de gestión estatal y privada, organicen y desarrollen actividades conmemorativas para dicha fecha”. Otro punto del texto es que se “invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar similares medidas”.
Sobre un tercer proyecto analizado por la comisión, también empujado por Losada, se determinó la convocatoria a especialistas de cara a los próximos días. “El que promoviere, facilitare, incitare, indujere o instigare la corrupción de menores de 18 años con fines delictivos, será reprimido con prisión de 3 a 6 años. La pena será de prisión de 6 a 10 años cuando el niño o adolescente fuera menor de 13 años. Cualquiera fuese la edad del menor, la pena será de reclusión o prisión de 10 a 15 años, cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, o aprovechándose de una situación de vulnerabilidad, o por pago o promesa remuneratoria, como también si el autor fuera ascendiente, hermano, tutor o persona conviviente o encargado de la educación o guarda”, manifiesta su primer artículo.
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