Entregan más bonos de S/500 mensuales a familias afectadas por lluvias en estas cuatro regiones

Gobierno pagará BAE. El Ministerio de Vivienda aprobó la Octava convocatoria del año 2026 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias

Guardar
Dos mujeres reciben el bono BAE y cobrarán 500 soles mensuales por dos años. (Foto: Agencia Andina)
Bono BAE se entrega por S/500 mensuales durante máximo dos años. - Crédito Andina

Una nueva convocatoria de bonos. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) entregará 46 bonos de arrendamiento de vivienda para emergencia (BAE) a familias damnificadas de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa y Cajamarca, cuyas casas sufrieron graves daños a consecuencia de las lluvias intensas.

Mediante Resolución Ministerial N° 090-2026-Vivienda, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó la octava convocatoria del presente año de los bonos de arrendamiento de viviendas para emergencias. Estas incluirán a esta cantidad de familias por departamento

  • Amazonas: 4 bonos en el distrito de Cocabamba (Luya), 10 en Omia (Rodriguez de Mendoza), 13 en Bagua Grande (Utcubamba)
  • Áncash: 11 bonos en La Merced (Aija)
  • Arequipa: 2 bonos en Characato (Arequipa), 2 en José Luis Bustamante y Rivero (Arequipa), 1 en Sabandía (Arequipa)
  • Cajamarca: 3 bonos en La Coipa (San Ignacio).
Bono BAE
En total se pueden entregar S/12 mil, durante todo el plazo máximo. - Crédito Difusión

BAE de S/500

Como se sabe, el BAE es un mecanismo de intervención temporal ante emergencia del Ministerio de Vivienda, que consiste en otorgar un subsidio económico de S/500 mensuales a las familias beneficiarias, con el fin de costear el alquiler de un espacio seguro con los servicios básicos, por un plazo de hasta dos años.

Este subsidio es entregado en oficinas del Banco de la Nación. Con este mecanismo, el Ministerio de Vivienda asegura la protección de familias en situación de vulnerabilidad hasta lograr su reubicación.

La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS es responsable de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución ministerial y realizar el seguimiento respectivo, de conformidad con lo establecido en la Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (Ley Nº 31526) y su reglamento.

Temporal con precipitaciones torrenciales afecta gravemente a Chulucanas y satura drenajes en varios sectores de la ciudad. (Foto: Captura video/TikTok:@jefferson.quintan439)
Lluvias han afectado a las familias peruanas y el Gobierno otorga bono. (Foto: Captura video/TikTok:@jefferson.quintan439)

Aprobaron 46 entrega de bonos

Para la entrega de estos bonos se aplica lo usual del BAE. Para este caso se caracteriza por lo siguiente:

  • El valor del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de S/500 y, se otorga con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa y Cajamarca, según corresponda.
  • La relación de potenciales beneficiarios se publica al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano en las sedes digitales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y del Fondo MIVIVIENDA S.A., y el local de las Municipalidades de los distritos detallados; así como en el local del Centro de Atención al Ciudadano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Sedes Amazonas, Áncash, Arequipa y Cajamarca.
Aprueban la primera convocatoria del año 2025 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias| Andina
Aprueban la nueva convocatoria del año 2026 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias| Andina

Asimismo, los potenciales beneficiarios, dentro del plazo máximo de diez días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, pueden presentar los siguientes documentos con la firma del Representante del Grupo Familiar:

  • La solicitud de otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias
  • La declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en el departamento de origen (Amazonas, Áncash, Arequipa y Cajamarca, según corresponda)
  • El contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público; o, de ser el caso, la declaración jurada de los suscribientes del citado contrato, declarando el impedimento económico para la legalización de firmas.