Acoso en los Juegos Bolivarianos 2025: Delegado de Barbados fue detenido por actos de connotación sexual contra trabajadora

La Policía Nacional intervino al ciudadano barbadense y lo trasladó a la comisaría del sector para las diligencias e investigaciones de ley

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Detienen a delegado de Cricket
Detienen a delegado de Cricket de Barbados y el IPD ordena su inmediata separación del evento deportivo. (Difusión)

El Instituto Peruano del Deporte (IPD) confirmó la detención del delegado de Cricket de Barbados, Bruce Christopher d Barbadian, de 61 años, tras ser acusado de presuntos actos de connotación sexual contra una trabajadora del hotel donde se hospedaba la delegación extranjera. El caso ocurrió en pleno desarrollo de los Juegos Bolivarianos Ayacucho-Lima 2025, lo que motivó la intervención inmediata de la Policía Nacional del Perú (PNP).

De acuerdo con la información oficial, la víctima denunció el hecho ante las autoridades, lo que permitió la rápida acción policial. El ciudadano barbadense fue trasladado a la comisaría correspondiente para las diligencias e investigaciones preliminares por el presunto delito contra la libertad, en la modalidad de actos contra el pudor y/o actos de connotación sexual.

IPD confirma expulsión de miembro
IPD confirma expulsión de miembro de la delegación de Barbados acusado de actos de connotación sexual. (Foto: X/@IPD)

IPD ordena expulsión del delegado

Tras conocerse la denuncia, el IPD coordinó directamente con la jefa de Misión de Barbados para definir medidas inmediatas. Como resultado, la institución dispuso la separación total de Bruce Christopher d Barbadian de toda actividad vinculada a los Juegos Bolivarianos 2025, así como su expulsión de la delegación deportiva.

En su pronunciamiento, el ente rector del deporte nacional expresó un rechazo categórico ante este hecho, afirmando que no tolerará ninguna conducta que vulnere la integridad de las personas. Además, aseguró que se mantendrá vigilante del proceso y de las decisiones que tomen las autoridades competentes.

Instituto Peruano de Deporte. (Foto:
Instituto Peruano de Deporte. (Foto: Agencia Andina)

Coordinación con la Policía

El IPD informó que continúa trabajando de manera conjunta con la Policía Nacional para asegurar un proceso transparente y para garantizar la protección tanto de la víctima como del resto de participantes del evento. La institución remarcó que los protocolos de seguridad se mantienen activos en todos los espacios oficiales.

Finalmente, la institución deportiva reiteró que los Juegos Bolivarianos Ayacucho-Lima 2025 cuentan con un despliegue especial de seguridad y monitoreo permanente, con el objetivo de asegurar la integridad de competidores, delegaciones, trabajadores y asistentes, y garantizar el normal desarrollo de esta competencia internacional.

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Pena por actos de connotación sexual

En el Perú, los actos de connotación sexual constituyen delitos graves tipificados en el Código Penal y sancionados con penas que varían según la edad de la víctima, el nivel de violencia y las circunstancias del hecho. Para personas mayores de 14 años, el artículo 176 establece condenas de 3 a 6 años por tocamientos o actos libidinosos sin consentimiento, sanciones que pueden aumentar a entre 6 y 9 años cuando hay violencia, amenaza o abuso de una situación de coacción. En el caso de menores de 14 años, el artículo 176-A fija penas que pueden alcanzar los 9 años como base, con incrementos significativos si el agresor ejerce una posición de autoridad o si la víctima sufre consecuencias graves.

Las sanciones se agravan aún más cuando los actos se cometen utilizando tecnologías de la información. De acuerdo con la Ley N.º 30838, grabar, difundir o emplear medios digitales en la comisión del delito incrementa en cinco años los márgenes mínimo y máximo de la pena. Esta modificación busca responder al crecimiento de conductas de ciberacoso y al uso de dispositivos electrónicos para registrar o difundir contenido sexual sin consentimiento, lo que aumenta el daño a las víctimas.

A pesar de la existencia
A pesar de la existencia de la Ley 30314 en Perú, solo cinco regiones han adoptado medidas efectivas contra el acoso callejero. (Andina)

Existen, además, delitos relacionados que también contemplan penas severas. La Ley N.º 30314 sanciona el acoso sexual, incluyendo tocamientos indebidos, con condenas que van de 3 a 8 años de prisión. Por su parte, el chantaje sexual —cuando se amenaza para obtener actos de naturaleza sexual o para difundir material íntimo— se castiga con penas de 2 a 4 años, y puede elevarse a entre 3 y 5 años si la amenaza implica divulgar contenido sexual. Con este conjunto de disposiciones, el marco legal peruano busca proteger la integridad de niños, adolescentes y adultos frente a cualquier forma de agresión de carácter sexual.