
El Congreso de la República aprobó el proyecto aprobó el Proyecto de Ley 12723/2025-CR que establece un sistema de control financiero sin precedentes para combatir la extorsión y el sicariato en el Perú. A partir de su entrada en vigencia, los bancos, cajas y cooperativas deberán monitorear los movimientos de dinero que puedan ocultar pagos extorsivos bajo eufemismos como “cupo”, “vacuna”, “colaboración”, “aporte” o “seguridad”.
La medida forma parte del paquete extraordinario de prevención contra la criminalidad que afecta al transporte público y de carga, y fue impulsada por la Comisión de Defensa Nacional del Congreso tras meses de denuncias sobre el incremento de amenazas y cobros ilegales en Lima, Callao y regiones.
De acuerdo con la norma, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) será responsable de verificar que las entidades financieras detecten y reporten transacciones irregulares, tanto en efectivo como mediante transferencias, remesas o billeteras digitales, cuando estén vinculadas a denuncias de extorsión.

Monitoreo financiero y acceso directo a bases de datos policiales
La ley precisa que los bancos deberán identificar pagos inusuales que aparenten ser aportes o servicios gremiales, pero que en realidad encubran cobros provenientes de bandas criminales. Para reforzar el control, la Policía Nacional del Perú deberá otorgar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú) acceso en línea a su base de datos de personas denunciadas por extorsión y sicariato, lo que permitirá cruzar información en tiempo real.
Los reportes elaborados por la UIF serán remitidos al Ministerio Público, que podrá solicitar medidas cautelares o el congelamiento de cuentas ante el Poder Judicial, bajo el marco de la ley de pérdida de dominio.
El objetivo, según el dictamen, es “asfixiar económicamente” a las redes criminales que operan bajo fachada comercial, rastreando su flujo de dinero y cortando su capacidad de financiamiento.

La SBS, mediante el Oficio N.º 57207-2025, respaldó la medida y propuso ajustes para garantizar que el monitoreo alcance también a remesas internacionales, giros y transacciones interbancarias, incluyendo a personas naturales con operaciones sospechosas.
Un nuevo frente en la lucha contra la extorsión económica
El mecanismo financiero se complementa con la labor de la Unidad de Inteligencia Financiera, que deberá emitir alertas sobre movimientos trazables y coordinar con la Policía Nacional para rastrear el dinero procedente de cobros ilegales. Según la ley, cualquier operación que coincida con los patrones de pago usados por las mafias —como depósitos recurrentes por “seguridad”, “paradero” o “colaboración”— deberá ser marcada y analizada para determinar su naturaleza.
La norma también dispone que las instituciones financieras implementen sistemas internos de detección temprana y protocolos de reporte inmediato, en el marco de las regulaciones contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

Medidas complementarias de seguridad, capacitación y fondo
Además del control financiero, la ley contempla la creación de un fondo de riesgo y garantía estatal para proteger a empresas y trabajadores del transporte que sean víctimas de extorsión o ataques.
El fondo cubrirá daños a unidades, terminales o infraestructura y brindará respaldo económico a quienes pierdan su fuente de ingresos a causa de la violencia criminal.
El MTC deberá acreditar rutas seguras equipadas con cámaras y botones de pánico conectados al sistema C5i, mientras que la Policía Nacional actualizará cada 30 días los mapas georreferenciados de zonas de riesgo.
Asimismo, los conductores, cobradores y empresarios del sector recibirán capacitaciones para reconocer y denunciar actos extorsivos, con el fin de promover una cultura de denuncia segura y reducir la tolerancia social a los cobros ilegales.
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