
¿El SOAT cubre a todas las personas en un accidente de tránsito aún cuando solo un vehículo tenga este SOAT activo? Un nuevo fallo de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) lo confirma.
La entidad del Estado que vela por el consumidor ha sancionado a la empresa de seguros Interseguro Compañía de Seguros S.A. por haberse negado injustificadamente a otorgar la cobertura del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), tras el fallecimiento de una mujer en un accidente de tránsito.
La madre de la mujer denunció a la empresa por negarse a dar cobertura del SOAT inclusive cuando su hija se encontraba en la motocicleta sin SOAT que fue impactada por una camioneta Ford Range que sí contaba con SOAT. Indecopi dio la razón a la madre, dado que el SOAT debe cubrir a todos los participantes en el accidente de tránsito. La multa a Interseguro fue de 6,89 UIT (equivalente a S/36 mil 861,50).

Caso Madre versus Interseguro
Según Indecopi, el caso se remonta al 18 de agosto de 2021, cuando la hija de la denunciante perdió la vida mientras viajaba como pasajera en una motocicleta sin SOAT, en la región Lambayeque. Este vehículo fue impactado por una camioneta Ford Ranger, que sí contaba con el seguro vigente emitido por la empresa Interseguro.
Así, la la madre denunciante pidió a la empresa de seguros la cobertura del SOAT por el fallecimiento de su hija. Si bien la moto en la que ella viabaja no tenía SOAT, la camioneta que la impactó sí. “Pese a esto último, la aseguradora rechazó el pedido de cobertura presentado por la madre de la fallecida, alegando que la motocicleta no tenía seguro, lo cual no fue avalado por la Sala”, aclara Indecopi.
Es así que luego de un procedimiento administrativo, el Indecopi determinó que dicha negativa vulneró el derecho de la denunciante a recibir un servicio idóneo, conforme a los artículos 18° y 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. De esta manera, la Sala señaló que Interseguro debió otorgar la cobertura correspondiente a la madre de la fallecida por las consecuencias del accidente.
Pero Indecopi también señaló que si consideraba necesario recuperar el monto pagado, podía iniciar acciones legales contra los responsables del vehículo sin SOAT.

Multan con S/36 mil a Interseguro
Es por esto, y tras un análisis, que la Sala del Indecopi ordenó el pago de la cobertura del SOAT por fallecimiento, más los intereses legales a la denunciante, y dispuso la inscripción de la empresa en el Registro de Infracciones y Sanciones.
Esta multa a la empresa de seguros Interseguro fue determinada para el valor de 6,89 UIT, considerando todos lo anterior. Este monto equivalente a S/36 mil 861,50, según el valor vigente al 2025.
Asimismo, se debe considerar que este pronunciamiento reafirma el carácter social del SOAT, cuya finalidad es proteger, de manera inmediata y sin condiciones, a todas las personas afectadas en un accidente de tránsito, independientemente del tipo de vehículo, siempre que esté obligado a contar con este seguro.
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