
Empezó a regir la nueva Ley de la llamadas spam y ya la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) se está avalando en esta para una denuncia a la empresa de telecomunicaciones Claro ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
La razón es por un mensaje publicitario no solicitado que suena cada vez que una línea de otra operadora llama a un número Claro. Se trata de una canción o ‘jingle’ que dice “Cámbiate a Claro” seguido del número de atención (0800 00200).
Según Aspec, este configura un mensaje publicitario no solicitado, que es expuesto a todo quien realice llamadas a un número Claro (Infobae Perú pudo comprobarlo). Así “por violación del Código del Consumidor y la reciente Ley anti Spam”, Aspec ha presentado la denuncia correspondiente ante Indecopi.

Aspec denuncia publicidad no solicitada
“La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios presentó una denuncia ante el indecopi contra la empresa América Móvil Perú S.A.C. (Claro), por infracción a la Ley N° 29571 - Código de Protección y Defensa del Consumidor y a la Ley N° 32323, conocida como Ley anti spam", señala Aspec.
¿Cuál es el sustento exacto tras esta denuncia? “Actualmente, cada vez que un consumidor llama a un número celular en la red de Claro, se reproduce automáticamente una locución publicitaria invitando a portar su línea a dicho operador, con el mensaje: ‘Cámbiate a Claro, 0800 00200′“, remarca la entidad.
Según Aspec, esto obliga a los consumidores a escuchar un anuncio publicitario no solicitado, sin posibilidad de rechazarlo, lo que “contraviene la normativa vigente que exige el consentimiento expreso para recibir comunicaciones comerciales”.

Así, esta práctica constituiría una infracción a la Ley N° 29571 y a la Ley N° 32323, que prohíben expresamente el envío de mensajes, llamadas o cualquier comunicación comercial sin autorización previa del usuario. “La normativa vigente protege el derecho de los consumidores a no recibir publicidad no deseada y establece sanciones para las empresas que incumplan estas disposiciones”, agrega Aspec.
Como se sabe, estas multas pueden llegar hasta 450 UIT, lo que equivale a S/2 millones 407 mil 500, al valor de esta para 2025. Pero también Aspec ha solicitado ante Indecopi que ordene que Claro cese de inmediato esta prácticas, además de las sanciones correspondientes “en defensa de los derechos de los consumidores peruanos que están cansados de recibir comunicaciones no solicitadas”.
Llamadas spam
Como se sabe la ley contra las llamadas spam, recién promulgada, señala que “el derecho de todo consumidor a la protección contra los métodos comerciales agresivos o engañosos implica que los proveedores no pueden llevar a cabo prácticas que mermen de forma significativa la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo".

Por esto, se han prohibido todas las prácticas comerciales que empleen los siguientes sistemas para promover productos y servicios:
- centros de llamada (call centers)
- sistemas de llamado telefónico
- envío de mensajes de texto a celular
- envío de mensajes electrónicos masivos
Pero esto no sería todo. Porque además la norma ordena al Ejecutivo establecer normativa adicional para que las llamadas spam estén identificadas. Es decir, que tengan un código para que el usuario pueda identificar que la llamada es una con intenciones comerciales.
“El Poder Ejecutivo establecerá la normativa adicional que otorgue la numeración telefónica especial a los proveedores, los métodos de seguridad y las técnicas de validación para que los usuarios puedan identificar las llamadas (spam) que reciben, así como los mecanismos de validación de la información trasmitida, en un plazo de sesenta días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley", concluyen.
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