
Buenas noticias para todos. El Congreso de la República ha aprobado por insistencia el proyecto de ley que fija un plazo de máximo siete días para que los bancos eliminen a los usuarios de las centrales de riesgo, como Infocorp, una vez que se hayan saldado sus deudas. Esta medida fue impulsada debido a las dificultades que enfrentan muchas personas al tener su nombre registrado en estas listas, lo que afecta su historial crediticio y limita su acceso a créditos, incrementando su situación económica y emocional.
La modificación de la Ley 28587, junto con otros cambios en el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571), tiene como objetivo dar una solución rápida y efectiva a quienes logran regularizar sus deudas, permitiéndoles salir de las listas negras sin largas demoras. Así, se espera mejorar las condiciones de los consumidores en el sistema financiero.
Un cambio necesario para la salud económica y emocional
El congresista José Luna, uno de los principales promotores de la iniciativa, destacó la necesidad urgente de enfrentar los problemas que ocasiona la inclusión de los ciudadanos en los registros negativos de las centrales de riesgo. Según Luna, esta situación genera un impacto considerable en la vida de las personas, dificultando no solo el acceso a crédito, sino también empeorando problemas de salud mental derivados de la inseguridad financiera.
Por su parte, Manuel García Correa, presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, resaltó que la ley representará una solución a largo plazo para millones de consumidores. “Esta iniciativa resolverá el problema de millones de consumidores que, debido a la falta de actualización de la información en las centrales de riesgo, se ven perjudicados tanto económica como moralmente”, señaló García Correa.

Un proceso más ágil y transparente
El dictamen aprobado establece que, una vez que un deudor haya regularizado su pago y quede al día con sus obligaciones, la entidad financiera tiene un plazo de siete días hábiles para emitir una constancia de la regularización. Además, se asegura que esta información será registrada de inmediato en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), y reflejada en el siguiente reporte de la Central de Riesgos.
Con esta modificación, se busca que las personas puedan limpiar su historial crediticio rápidamente, favoreciendo su inclusión financiera y evitando que las deudas pasadas sigan afectando su futuro económico.
¿Cuándo se prescriben las deudas en Perú?
De acuerdo con el Código Civil peruano, las deudas bancarias tienen un período de prescripción de 10 años. Esto implica que, una vez transcurrida una década desde que el deudor incumplió con su obligación financiera, el acreedor pierde su derecho a reclamar el pago mediante acciones legales. Para el deudor, este plazo actúa como una “fecha de caducidad”, lo que significa que después de este tiempo, la deuda queda legalmente extinguida.

Si el acreedor no ha tomado medidas judiciales en ese plazo, el deudor puede pedir que la deuda sea considerada prescrita ante un tribunal. Si el tribunal acepta la solicitud, la deuda quedará anulada oficialmente, liberando al deudor de la responsabilidad de pagarla. No obstante, esta extinción legal no implica que la deuda desaparezca por completo. Aunque el deudor ya no esté obligado a abonarla, el registro de la deuda permanecerá en su historial crediticio, lo que podría generar problemas a la hora de solicitar futuros créditos.
Aunque la prescripción de una deuda proporciona alivio al deudor al eliminar la obligación de pago, es importante destacar que su historial crediticio no se limpia de inmediato. Según los expertos, la deuda continuará figurando en las centrales de riesgo, como Infocorp, durante un período determinado. Por lo tanto, aunque la deuda ya no pueda ser exigida legalmente, el deudor podría enfrentar dificultades al intentar acceder a nuevos productos financieros, como préstamos personales o una hipoteca.
Bienes protegidos de embargo en Perú
El Código Civil establece que ciertos bienes esenciales para la vida y el bienestar de las personas están protegidos contra el embargo. Estos bienes no pueden ser confiscados, ya que hacerlo afectaría gravemente al deudor y a su familia. Los bienes que gozan de esta protección son los siguientes:
- Patrimonio familiar: Aunque el patrimonio familiar está resguardado, en situaciones muy específicas, hasta dos terceras partes pueden ser embargadas si es necesario.
- Prendas de uso personal: Elementos como ropa, libros y alimentos básicos están exentos de embargo, pues son esenciales para la subsistencia diaria.
- Herramientas, vehículos y utensilios laborales: Cualquier equipo necesario para desempeñar una actividad o trabajo, como máquinas y vehículos, no puede ser embargado.
- Remuneraciones y pensiones: Las remuneraciones y pensiones que no superen el límite de cinco Unidades de Referencia Procesal (URP) están protegidas, pero cualquier excedente puede ser embargado en un tercio.
- Pensiones alimentarias: Los pagos destinados al sustento de los dependientes son inembargables bajo ninguna circunstancia.
- Muebles de templos religiosos y sepulcros: Estos bienes están protegidos por su importancia cultural y simbólica, por lo que no pueden ser embargados.
- Compensación por Tiempo de Servicios (CTS): La CTS puede ser embargada solo hasta un 50% en caso de que se trate de obligaciones alimentarias.

Embargo de sueldo por deudas
Es posible realizar una deducción del salario de un trabajador debido a deudas impagas, pero este proceso debe seguir ciertos procedimientos establecidos:
- Orden judicial: Para que una entidad financiera o una AFP pueda descontar una parte del salario, es imprescindible contar con una orden judicial que autorice la deducción de un porcentaje del sueldo del trabajador. Esta medida solo se aplica después de haber agotado todos los intentos de cobro extrajudicial y cuando la deuda sigue pendiente.
- Notificación previa: El trabajador debe ser informado de manera anticipada sobre el inicio del proceso de embargo. Esta notificación incluye la resolución judicial, el monto total de la deuda y el porcentaje que se deducirá de su salario mensualmente.
- Límite del embargo: Según el Código Procesal Civil de Perú, la retención del salario no puede superar el 30% de los ingresos netos del trabajador y debe asegurar que se mantenga una cantidad mínima inembargable, equivalente a una remuneración mínima vital de S/ 1.025. Esto garantiza que el trabajador disponga de esa cantidad para sus necesidades básicas.

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