
Cambios para trabajadores públicos. El Congreso de la República ha aprobado por insistencia la Ley que autoriza la actualización de la escala remunerativa para los servidores del Ministerio Público sujetos al régimen laboral del decreto legislativo 728, Ley de formación y promoción laboral. Como se recueda, esta fue observada por la presidenta Dina Boluarte.
Sin embargo, este 20 de febrero la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República ha logrado aprobar con mayoría de votos la medida. “Este tema de los trabajadores del Ministerio Público quedó pendiente del año 2025. Lamentablemente, el exministro de Economía demostró una insensibilidad [con respecto a este]”, señaló el congresista José Arriola Tueros (Acción Popular), quien presidió la sesión.
“Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, para que en un plazo no mayor de treinta días calendario, contados desde la entrada en vigor de la presente norma, realice el estudio técnico correspondiente, a efectos de plantear la nueva escala de ingresos para el personal de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Formación y Promoción Laboral”, señala la Ley.

MEF a cargo de implementar
La Ley aprobada dará una nueva labor al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ahora con José Salardi como su flamante titular, el cual en el plazo de 30 días luego de entrada en vigor la norma (debe publicarse en el diario oficial El Peruano para eso) deberá realizar un estudio para plantear cómo sería la nueva escala de ingresos para estos servidores del Ministerio Público.
“Concluido el estudio técnico establecido en el primer párrafo (o a lo señalado en e/ segundo párrafo) del artículo 2, y en un plazo no mayor de treinta días calendario contados desde la entrada en vigor de la presente norma; se procede a la aprobación de la nueva escala remunerativa para el personal de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Formación y Promoción Laboral. La nueva escala es aprobada mediante decreto supremo por el Ministerio de Economía y Finanzas a solicitud del pliego Ministerio Público”, señala la Ley.
Asimismo, se exonera al Ministerio Público de lo establecido en los artículos 6 y 9 de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, para la implementación de la nueva escala. Como se sabe, esto no considerará lo que detalla esta Ley sobre la prohibición de aumentos salariales.

¿Por qué se había observado?
Según la propuesta se señalaba que esta no generaría gastos adicionales al tesoro público. Sin embargo, a opinión de la Presidencia se calculó que la implementación de la propuesta normativa tendría un costo diferencial anual ascendente a S/95 millones 231 mil 18,82.
“Desde el punto de vista estrictamente presupuestario se formula observación a la Autógrafa de Ley debido a que incluye diversas medidas que involucran la disposición de recursos públicos, que generan gasto público”, señaló el Ejecutivo al observa la Ley. Asimismo, señaló que de aprobarse la autógrafa, se debía tener en cuenta que los costos que implique su implementación constituirán “gastos de carácter permanente, costo financiero que podría incrementarse en el tiempo generando costos que afectarían la Caja Fiscal y, por tanto, tendrán impacto en el Presupuesto del Sector Público”.
Asimismo, otra de la justificaciones que presentó Dina Boluarte y su Primer Ministro, Gustavo Adrianzén, fue que “teniendo en cuenta que la propuesta legislativa es una iniciativa congresal, es pertinente mencionar que el artículo 79 de la Constitución Política del Perú establece que los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos”. A pesar de esto, el Congreso igual decidió no considerar las razones por las que el Ejecutivo observó la Ley y la aprobó por insistencia.
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