
El Congreso de la República aprobó en primera votación el Proyecto de Ley N.° 5891/2023/CR, que modifica la Ley contra el Crimen Organizado, ya que excluye 59 tipos penales —de los 91 originalmente incluidos—.
De esta manera, la estafa agravada, venta de órganos, enriquecimiento ilícito, tráfico ilícito de migrantes y tala ilegal ya no estarán contemplados por esta normativa, una situación que ha generado múltiples preocupaciones.
¿Qué implicaría la aprobación del PL?

Ricardo Valdés, exviceministro del Interior y director ejecutivo de la organización a favor de los derechos humanos CHS Alternativo, alertó sobre este proyecto, el cual fue propuesto por Waldemar Cerrón y aprobado por el Legislativo el último 30 de mayo.
El especialista señaló que la nueva definición de crimen organizado indicaría que solo se considerarán delitos graves a aquellos que sean sancionados con penas de cárcel mayores a seis años.
Esto quiere decir que el nuevo concepto implicaría la exclusión de crímenes como estafa agravada, tráfico de productos pirotécnicos, tala ilegal, tortura simple, concusión, colusión simple, peculado, cohecho pasivo, soborno internacional pasivo, negociación incompatible y enriquecimiento ilícito básico, puesto que ya no serían procesados bajo esta ley.
Asimismo, tráfico de órganos y tejidos, tráfico ilícito de migrantes y tráfico ilegal de datos personales también quedarían fuera del alcance de la normativa.
Advierten peligros del PL

Frente al mencionado panorama, opositores a la reforma destacan que la redefinición del crimen organizado podría beneficiar a las organizaciones criminales, al reducir la cantidad de delitos que se investigan y procesan con los rigurosos procedimientos que actualmente establece la ley.
CHS Alternativo y otros organismos han expresado su preocupación por los impactos negativos que estas modificaciones podrían tener en la lucha contra el crimen organizado, sobre todo frente a la necesidad de fortalecer las herramientas legales en lugar de restringirlas.
En otro momento, el especialista cuestionó que el proyecto aprobado por el Congreso también plantee que los allanamientos se realicen con la presencia del involucrado y su abogado, lo cual desnaturaliza la figura legal. “Definitivamente, en un allanamiento, el espíritu es el factor sorpresa. En caso contrario, sería imposible encontrar evidencias. Además, hay que tener en cuenta que los allanamientos son producto de una investigación previa y la autorización de un juez”, puntualizó.
Aprobado en primera votación
El último jueves 30 de mayo, el Pleno del Congreso aprobó, en primera instancia, el Proyecto de Ley N.° 5891, que modifica la normativa contra el crimen organizado. La propuesta contó con 43 votos a favor; sin embargo, debía ser sometida a una segunda votación.

Como parte del debate, los legisladores Ruth Luque, de Cambio Democrático - Juntos por el Perú, y Héctor Valer, de Somos Perú, expresaron su oposición a la propuesta. Argumentaron que las modificaciones podrían entorpecer las investigaciones en curso y favorecer a redes criminales relacionadas con actividades como la tala ilegal y la trata de personas.
La bancada liderada por Luque emitió un comunicado a fin de denunciar que el dictamen “debilita la lucha contra el crimen organizado” y, a su vez, “favorece a grupos como el Tren de Aragua”, al limitar las acciones del Ministerio Público y del Poder Judicial en la persecución de estas peligrosas mafias.
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