El mercado de telefonía celular en Panamá podría abrirse a un tercer jugador para equilibrar la competencia

El objetivo es lograr una mayor competencia, más innovación en los planes y servicios, mejores precios para los consumidores y sacar más provecho de la infraestructura existente

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Un operador móvil virtual es
Un operador móvil virtual es un ofertante de telefonía móvil que no cuenta con infraestructura de telecomunicaciones propia. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La necesidad de un tercer competidor en el mercado de la telefonía celular en Panamá para equilibrar la competencia quedó de manifiesto cuando la Autoridad de Protección y Asuntos del Consumidor (ACODECO) solicitó que se implemente la figura del operador móvil virtual.

Esto permitiría que el mercado cuente con más marcas y ofertas del servicio, en vista de que en el país solo operan dos empresas de telecomunicaciones.

La semana pasada la ACODECO conminó a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) a que investigue de manera exhaustiva los aumentos que con frecuencia hacen estas empresas a los usuarios en los planes asociados a los servicios de internet residencial, telefonía móvil pospago, telefonía fija y televisión pagada.

Al implementar la nueva figura, señala el ente defensor del consumidor, esto puede traducirse en una mayor competencia, más innovación en los planes y servicios, y mejores precios para los consumidores, además de un mejor aprovechamiento de la infraestructura de telecomunicaciones ya existente.

Un operador móvil virtual es un ofertante de telefonía móvil que no cuenta con infraestructura de telecomunicaciones propia. Es decir que, a pesar de brindar el servicio, no cuenta con antenas, bandas ni ese tipo de recursos, y por esta razón están sujetos a rentar los servicios de otro concesionario, explica el Instituto Federal de Telecomunicaciones de México.

Clientes denuncian aumentos sin previo
Clientes denuncian aumentos sin previo aviso en el servicio de telefonía móvil. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El operador móvil virtual generalmente ofrece servicios de voz y datos móviles con planes flexibles y precios bajos. Además, regularmente desean generar diferenciadores en su servicio y buscan mejor servicio al cliente, estrategias de venta más avanzadas, propuestas de valor y alianzas en canales de distribución para atender nichos de mercado.

En México, por ejemplo, operan cinco tipos de operadores móviles virtuales: los revendedores, básico, completo, agregadores y habilitadores.

Los revendedores distribuyen bajo una marca fuerte en grandes volúmenes y brinda atención al cliente con sólidos procesos de venta, pero sin infraestructura, los básico puede no tener una marca, pero sí capacidad de venta y atención, aunque tampoco tiene infraestructura, mientras que los completo tienen infraestructura de conmutación y transmisión de telecomunicaciones, además de capacidad de venta, y los agregadores es una figura que revende los servicios de otros operadores móviles virtuales, en tanto que los habilitadores es una red móvil virtual de intermedios entre los operadores móviles virtuales y las empresas tradicionales.

Al igual que en México los operadores móviles virtuales también operan en Colombia, Chile, Perú, Estados Unidos y en algunas naciones europeas, como España, que ya implementaron esta figura, logrando ampliar la oferta de servicios, fortalecer la competencia y generar beneficios para el consumidor.

En las últimas semanas los panameños se han quejado ante la ACODECO por lo que consideran altos costos de la telefonía celular, además de que las empresas hacen aumentos recurrentes, sin previo aviso.

Al igual que en México
Al igual que en México los operadores móviles virtuales también operan en Colombia, Chile, Perú, Estados Unidos y en algunas naciones europeas, como España, que ya implementaron esta figura, logrando ampliar la oferta de servicios. (Foto: Agencia Andina)

Si bien las dos empresas concesionarias del servicio de telecomunicaciones en Panamá han cumplido con la formalidad de comunicar dichos incrementos con una anticipación mínima de 30 días calendario, conforme a lo establecido en la normativa, la ASEP considera necesario que la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia evalúe si los aumentos aplicados por distintos operadores en periodos similares podrían estar afectando las condiciones de libre y leal competencia en el mercado.

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